Reglamento

Anexo Resoluci贸n 041/08
Reglamento de la Facultad de Ciencias Agrarias y Veterinarias

Secci贸n I: Organizaci贸n acad茅mica y administrativa de la Facultad

  1. De la Estructura organizativa de la Facultad de Ciencias Agrarias y Veterinarias
  2. De las Autoridades Acad茅micas y Administrativas
  3. Del Consejo de Facultad
  4. De los Consejos Asesores
  5. De los Institutos
  6. Del Personal T茅cnico y Administrativo

Secci贸n II: Docentes y Estudiantes

  1. De los Docentes e Investigadores
  2. De los Estudiantes

Secci贸n I: Organizaci贸n acad茅mica y administrativa de la Facultad

I. De la Estructura Organizativa de la Facultad de Ciencias Agrarias y Veterinarias

Art. 1掳: La estructura organizacional de la Facultad de Ciencias Agrarias y Veterinarias contempla los siguientes 贸rganos de gobierno, tanto colegiados como unipersonales:

  1. Decano
  2. Secretario Acad茅mico
  3. Secretario T茅cnico
  4. Jefe de Carrera y/o Coordinadores Generales
  5. Coordinadores de 脕rea
  6. Responsables de Investigaci贸n y Extensi贸n
  7. Consejo de Facultad
  8. Comisi贸n de Actualizaci贸n y Seguimiento Curricular
  9. Comisi贸n de Bioseguridad
  10. Institutos
  11. Coordinador y Encargados de Laboratorios
  12. Auxiliares Administrativos de la Facultad

De acuerdo a las prescripciones estatutarias los 贸rganos unipersonales tendr谩n por objeto la definici贸n de pol铆ticas y de control en sus respectivos 谩mbitos, as铆 como funciones normativas generales. En tanto los 贸rganos colegiados, tendr谩n funciones de asesoramiento acad茅mico y cient铆fico.

II. De las Autoridades Acad茅micas y Administrativas

Del Decano:

Art. 2掳: El Decano ejerce la direcci贸n acad茅mica y disciplinaria de la Facultad con las competencias que figuran en los art铆culos 28 y 36 del Estatuto Acad茅mico de la Universidad Cat贸lica de Salta. Ellas son:

  1. Dirigir la Facultad en sus diversos aspectos acad茅micos y administrativos, regularmente por medio de los Jefes de Carrera cuando hubiere lugar.
  2. Dar cumplimiento en su Facultad a las resoluciones tomadas por el Rector.
  3. Disponer la cobertura de cargos por concurso de antecedentes y oposici贸n. Formalizar ante el Rector las designaciones de los profesores de la Facultad para su nombramiento, luego del proceso de selecci贸n.
  4. Proponer a la aprobaci贸n del Rector, el Reglamento particular de la Facultad, sus planes de estudio y las modificaciones de los mismos que creyere conveniente.
  5. Firmar junto con el Rector, los grados y los t铆tulos de la Facultad.

Por lo dem谩s, el Decano posee las siguientes atribuciones:

  1. Representar ordinariamente a la Facultad en todas las reuniones de la Universidad, as铆 como fuera de ella, en las asociaciones cient铆ficas o eventos acad茅micos de su competencia.
  2. Convocar y presidir las reuniones del Consejo de la Facultad, y formar las comisiones temporales o permanentes que juzgue conveniente para el mejor gobierno de la Facultad.
  3. Velar por el aprovechamiento integral de los recursos humanos y materiales asignados a la unidad acad茅mica.
  4. Instar la actualizaci贸n curricular de los planes de estudio correspondientes a las distintas carreras.
  5. Promover la presentaci贸n de programas y proyectos de investigaci贸n y desarrollo tecnol贸gico que contribuyan al desarrollo cient铆fico, tecnol贸gico y cultural de la provincia y la regi贸n, y de la que participen docentes, alumnos y graduados de la Facultad.
  6. Propiciar acciones de extensi贸n universitaria que permitan a los alumnos, docentes y graduados interactuar con la comunidad a trav茅s de la Facultad.
  7. Coordinar y armonizar la acci贸n de los diversos sistemas administrativos, unidades de servicio y actividades acad茅mico-administrativas que la universidad propone para el logro de las metas deseadas.
  8. Promover y desarrollar la oferta acad茅mica de la Facultad en las sedes distantes de la Universidad y estimular en su 谩mbito proyectos de investigaci贸n y transferencia del conocimiento.
  9. Impulsar en su 谩rea la pol铆tica e incentivos destinados a las publicaciones cientificas, t茅cnicas y disciplinares.
  10. Incentivar programas de vinculaci贸n interuniversitario e internacionales destinados a docentes y alumnos.

Del Secretario Acad茅mico:

Art. 3掳: El Secretario Acad茅mico es el encargado de vigilar el fiel cumplimiento de las disposiciones del Estatuto y disposiciones del Decano en la faz acad茅mica, de conformidad con el art铆culo 32 del Estatuto Acad茅mico de la Universidad Cat贸lica de Salta.

Por lo dem谩s, el Secretario Acad茅mico posee las siguientes atribuciones:

  1. Efectuar el seguimiento y control de funcionamiento de las actividades acad茅micas en las carreras de acuerdo a los planes de estudio vigentes.
  2. Acompa帽ar en la orientaci贸n y asesoramiento a los alumnos en asuntos acad茅micos elevados a su consideraci贸n por los Jefes de Carrera.
  3. Asistir a los Jefes de Carrera en cuestiones acad茅micas.
  4. Asesorar al Decano sobre cuestiones acad茅micas relativas a la ampliaci贸n de la oferta educativa, actualizaci贸n y modificaci贸n de los planes de estudio, articulaciones con instituciones de nivel superior no universitario y universitario.
  5. Coordinar las actividades relacionadas con la convocatoria de selecci贸n de docentes y velar por la correcta realizaci贸n de todo el proceso selectivo.
  6. Participar en la redacci贸n de las disposiciones, resoluciones y otros documentos universitarios que hacen al normal funcionamiento de las actividades acad茅mico-administrativas de la Facultad, as铆 como mantener actualizado el protocolo de resoluciones de la unidad acad茅mica.
  7. Llevar la correspondencia oficial de la Facultad.
  8. Guardar y archivar los documentos oficiales de la Facultad, as铆 como certificar los documentos emitidos por la Facultad.
  9. Analizar la documentaci贸n de las Equivalencias y controlar el seguimiento de los tr谩mites correspondientes.
  10. Organizar y proponer al Decano el calendario acad茅mico anual.
  11. Elaborar la Memoria Anual de actividades de la Facultad con la participaci贸n de los Jefes de Carrera y remitirla para su consideraci贸n al Decano.
  12. Ser miembro natural del Consejo de Facultad.

Del Secretario T茅cnico:

Art. 4掳: El Secretario T茅cnico es el encargado de velar por el correcto funcionamiento de la Facultad, en la faz administrativa, de conformidad con el art铆culo 33 del Estatuto Acad茅mico de la Universidad Cat贸lica de Salta.

Por lo dem谩s, el Secretario T茅cnico posee las siguientes atribuciones:

  1. Atender a los requerimientos t茅cnicos y administrativos de los docentes y alumnos.
  2. Verificar si la propuesta de planta docente elevada por los Jefes de Carrera es congruente con la planta de cargos asignada a la unidad acad茅mica para el a帽o de que se trate, y elevarla a consideraci贸n del Decano.
  3. Organizar y coordinar todos los recursos requeridos para el desenvolvimiento diario de las actividades de la Facultad (asignaci贸n de aulas, horarios, equipos, material did谩ctico y de apoyo para la docencia).
  4. Organizar y coordinar las actividades de clases diarias, as铆 como las referidas a ex谩menes finales en todas sus instancias.
  5. Registrar la asistencia de las actividades de los docentes.
  6. Organizar y coordinar las actividades que se deban realizar en espacios compartidos entre c谩tedras de la misma Facultad, o con c谩tedras de otras unidades acad茅micas, y que requieran del uso de aulas, laboratorios o talleres.
  7. Ser miembro natural del Consejo de la Facultad.

De los Jefes de Carrera y/o Coordinadores Generales:

Art 5掳: La funci贸n sustantiva de Docencia estar谩 a cargo de Jefes de Carrera para las Carreras de grado y a cargo de Coordinadores Generales en el caso de las carreras de pregrado.

Art. 6掳: Los Jefes de Carrera y los Coordinadores Generales son los responsables de la gesti贸n acad茅mica de las carreras a su cargo y, seg煤n dicta el art铆culo 34 del Estatuto Acad茅mico de la Universidad Cat贸lica de Salta, sus funciones son definidas expresamente a trav茅s del presente reglamento.

Art. 7掳: Son funciones de los Jefes de Carrera y de los Coordinadores Generales:

  1. Velar por la implementaci贸n adecuada del proyecto curricular vigente para cada carrera a su cargo, en cuanto a:
    1. Cumplimiento de los planes de estudio,
    2. Solvencia cient铆fica y docente de los profesores a cargos interinos,
    3. Coherencia de los programas de asignatura de cada c谩tedra con los contenidos m铆nimos definidos en el plan de estudio y la incorporaci贸n de bibliograf铆a adecuada y pertinente en cada programa, en estrecha colaboraci贸n con los coordinadores de 谩rea, si los hubiera.
    4. Disponibilidad de los recursos did谩cticos y/o t茅cnicos necesarios para el dictado correcto de cada asignatura,
    5. Propuesta para la incorporaci贸n de los recursos bibliogr谩ficos necesarios para la carrera,
    6. Cumplimiento de instancias de evaluaci贸n anuales de las c谩tedras,
    7. Si correspondiere, an谩lisis y elevaci贸n a consideraci贸n de las autoridades de la Facultad, las modificaciones de los planes de estudio de las carreras a su cargo.
  2. Supervisar la asistencia de los docentes y el cumplimiento de la planificaci贸n educativa de cada asignatura.
  3. Elaborar la propuesta de la planta docente y remitirla al Secretario T茅cnico.
  4. Orientar y asesorar a los alumnos respecto de asuntos acad茅micos inherentes a la carrera.
  5. Orientar y asesorar al Decano, y otras autoridades de la Facultad y de la Universidad, acerca de cuestiones cient铆ficas propias de las carreras a su cargo, en todos aquellos asuntos que se le requiera.
  6. Ser miembro natural del Consejo de la Facultad.
  7. Notificar a los alumnos y docentes acerca de las disposiciones acad茅micas de competencia de la carrera a su cargo, y velar por su cumplimiento.

De los Coordinadores de 脕rea

Art. 8掳: Las Carreras que gestiona la Facultad podr谩n organizarse en 谩reas conformadas por materias afines, cuya coordinaci贸n estar谩 a cargo de un docente de la respectiva Carrera, pudi茅ndose designar a un suplente.

Art. 9掳 El coordinador de 谩rea es designado por el Decano, durar谩 dos a帽os en su funci贸n y podr谩 ser reelegido.

Art. 10掳 Corresponde a los Coordinadores de 脕reas:

  1. Asegurar la articulaci贸n vertical y horizontal de contenidos.
  2. Implementar Talleres Integradores.
  3. Establecer v铆nculos permanentes entre 谩reas.
  4. Asesorar a la Comisi贸n de Actualizaci贸n y Seguimiento Curricular.

De los responsables de Investigaci贸n y Extensi贸n:

Art. 11潞: Las funciones sustantivas de Investigaci贸n y Extensi贸n estar谩n a cargo de docentes con perfiles adecuados para cada caso y se desempe帽ar谩n por extensi贸n de funciones.

Art. 12潞: El docente responsable de las actividades de investigaci贸n tiene como misi贸n asistir al Decano en todos los aspectos relacionados con el desarrollo de la investigaci贸n cient铆fica de la Facultad y en la confecci贸n de los planes a largo plazo referidos al desarrollo de las actividades cient铆ficas y tecnol贸gicas. Es representante ante el Consejo de Investigaciones de la Universidad.

Art. 13潞: Son funciones del Responsable de las actividades de investigaci贸n:

  1. Colaborar con el Decano en todo lo referente a la elaboraci贸n de una pol铆tica cient铆fica propia de la Facultad, enmarcada en las pol铆ticas institucionales de Investigaci贸n.
  2. Entender en las relaciones de la Facultad con el Consejo de Investigaciones.
  3. Vincularse con organismos nacionales o extranjeros de promoci贸n y apoyo a la investigaci贸n cient铆fica.
  4. Entender en la publicaci贸n y difusi贸n de las investigaciones cient铆ficas realizadas en el 谩mbito de la Facultad.
  5. Brindar asistencia a los docentes e investigadores en lo relacionado con la tramitaci贸n y administraci贸n de becas y subsidios.
  6. Entender en todo lo referente a la interrelaci贸n entre los docentes-investigadores y la sociedad mediante los servicios a terceros, transferencias y convenios.
  7. Promover la participaci贸n de docentes, alumnos y graduados en las actividades de investigaci贸n y transferencia.
  8. Ser miembro natural del Consejo de Facultad.

Art. 14潞: El docente responsable de las actividades de extensi贸n tiene como misi贸n asistir al Decano en las actividades que afiancen la relaci贸n de la Facultad con la comunidad en general, extendiendo y difundiendo los beneficios de la tarea de la misma, en cumplimiento de la funci贸n social que estatutariamente se le asigna, en todo lo relacionado con los graduados y los aspectos profesionales de las carreras, y en todos los aspectos relacionados con las actividades de los estudiantes que no corresponden a las propias de sus estudios. Trabaja mancomunadamente con la Secretar铆a de Extensi贸n Universitaria y la Direcci贸n de Bienestar Universitario a nivel institucional.

Art. 15潞: Son funciones del responsable de Extensi贸n:

  1. Promover la interacci贸n de la Facultad con el resto de los sectores sociales, para el cumplimiento de la funci贸n social que estatutariamente se le asigna.
  2. Entender en la difusi贸n del conocimiento cient铆fico a la sociedad con la participaci贸n de docentes, graduados y estudiantes.
  3. Promover y coordinar las tareas de orientaci贸n de la matr铆cula, interactuando con las instituciones educativas de nivel polimodal /secundario.
  4. Desarrollar en el 谩mbito de la Facultad el programa de graduados impulsado por la Universidad.
  5. Promover en conjunto con la Secretar铆a Acad茅mica y el responsable de Investigaci贸n el otorgamiento de becas para estudiantes.
  6. Promover las actividades extracurriculares que signifiquen una mayor interacci贸n entre los claustros, organizando actos culturales, deportivos y comunitarios.
  7. Promover el bienestar estudiantil.
  8. Ser miembro natural del Consejo de Facultad.

III. Del Consejo de Facultad:

Art. 16掳: El Consejo de Facultad estar谩 integrado por el Decano, el Secretario Acad茅mico, el Secretario T茅cnico, los Jefes de Carrera, los Coordinadores Generales, los coordinadores de 谩reas, los docentes responsables de las actividades de Investigaci贸n y Extensi贸n y dem谩s miembros que el Decano considere oportuno convocar de acuerdo al art铆culo 35 del Estatuto Acad茅mico de la Universidad Cat贸lica de Salta.

Art. 17掳: El Consejo de la Facultad, como 贸rgano asesor del Decano, tiene competencia para el tratamiento de los siguientes temas:

  1. Proponer las disposiciones reglamentarias relacionadas con el desarrollo de las actividades de la Facultad.
  2. Participar en la planificaci贸n anual de actividades de la Facultad.
  3. Analizar, evaluar y emitir opini贸n acerca de la modificaci贸n de la oferta educativa, proyectos de investigaci贸n, vinculaci贸n y/o extensi贸n y toda otra actividad que por sus caracter铆sticas signifiquen una decisi贸n estrat茅gica en la utilizaci贸n y/o disposici贸n de los recursos de la Facultad.
  4. Proponer pautas acad茅micas y t茅cnicas para la articulaci贸n de carreras con instituciones de nivel superior universitario y no universitario.
  5. Analizar propuestas y sugerencias de las Comisiones temporales o permanentes creadas para el mejor gobierno de la Facultad.
  6. Aconsejar al Decano en lo atinente al llamado y sustanciaci贸n de concursos de profesores y auxiliares de docencia y al incremento de dedicaciones y toda otra que el Decano considere requiera la intervenci贸n participativa.

IV. De los Consejos Asesores

De la Comisi贸n de Actualizaci贸n y Seguimiento Curricular

Art. 18掳: Habr谩 una 鈥淐omisi贸n de Actualizaci贸n y Seguimiento Curricular鈥, est谩 concebida como una instancia de reflexi贸n, de consulta y de propuestas, que favorezca el di谩logo entre los docentes y posee las siguientes funciones:

  1. Colaborar con el fortalecimiento de la gesti贸n acad茅mica de la Carrera, proponiendo cuando corresponda actualizaciones y modificaciones del Plan de Estudios.
  2. Participar en los mecanismos de seguimiento de los alumnos por cohortes de ingresantes, evaluando deserci贸n, desgranamiento y proponiendo acciones remediales.
  3. Recabar la informaci贸n del tiempo real de permanencia de los alumnos en la carrera, de acuerdo al tiempo te贸rico del plan de estudios y proponer alternativas de soluci贸n cuando hubiere una distorsi贸n temporal en los resultados.
  4. Participar en los mecanismos de actualizaci贸n y seguimiento de los planes de estudio.
  5. Administrar encuestas sobre la evaluaci贸n de desempe帽o de los docentes.
  6. Colaborar en la verificaci贸n de la correspondencia entre los contenidos efectivamente dictados y los contenidos consignados en los programas.
  7. Evaluar el porcentaje de contenidos dictados por materia y la intensidad de la formaci贸n pr谩ctica.
  8. Asesorar al Jefe de Carrera respecto de las acciones que puedan contribuir a la mejora continua de la calidad acad茅mica de las funciones de docencia, investigaci贸n y extensi贸n inherentes a la Carrera.
  9. Hacer o铆r el parecer de los docentes de la Carrera respecto de temas acad茅micos relacionados con la misma.

De la Comisi贸n de Bioseguridad

Art. 19掳: Habr谩 una 鈥淐omisi贸n de Bioseguridad鈥, est谩 concebida como una instancia de reflexi贸n, de consulta y de propuestas, que asegure que la bioseguridad est茅 contemplada en la formaci贸n de los alumnos, en las instalaciones y en el equipamiento que se dispone para el desarrollo de las distintas actividades acad茅micas, est谩 integrada por el Coordinador de Laboratorios de la Unidad Acad茅mica y representantes de las siguientes actividades curriculares: Microbiolog铆a, Enfermedades Infecciosas, Cirug铆a y Pr谩ctica Hospitalaria de Animales de Compa帽铆a. El responsable de Higiene y Seguridad y el Coordinador de Laboratorios a nivel institucional integrar谩n la comisi贸n en car谩cter de asesores. La Comisi贸n posee las siguientes competencias:

  1. Garantizar la correcta eliminaci贸n de los residuos patol贸gicos, qu铆micos y de otras sustancias peligrosas;
  2. Prevenir todo riesgo inherente a la integridad f铆sica de personas, animales y ambiente;
  3. Realizar la adecuaci贸n de los edificios;
  4. Elaborar un manual de procedimientos para las distintas actividades que se realizan y de un programa de bioseguridad que involucre personal docente, no docente y alumnos.

Art. 20: Los integrantes de las Comisiones antes descriptas ser谩n designados por el Decano de la Facultad luego de escuchar el parecer de los docentes de la Carrera. Durar谩n en sus funciones un a帽o, pudiendo ser reelegidos por otro per铆odo.

Art. 21: Los Jefes de Carrera y/o Coordinadores Generales se reunir谩n con los miembros de la comisi贸n regularmente pudiendo convocar a reuni贸n especial cuando lo estimen conveniente.

V. De los Institutos

Art. 22: La Facultad podr谩 tener Institutos de una o varias ramas del saber que conciten la participaci贸n de acad茅micos calificados con la misi贸n de jerarquizar las actividades de docencia, investigaci贸n y extensi贸n de la materia de su especialidad. Actuar谩n como centro de irradiaci贸n del saber colaborando con los Jefes de Carrera y/o Coordinadores Generales en las funciones sustantivas inherentes a sus cargos.

VI. Del Personal T茅cnico y Administrativo

Del Coordinador y Encargados de Laboratorio:

Art. 23掳: El Coordinador de Laboratorios ser谩 propuesto por el Decano, debiendo respetarse todas las disposiciones vigentes en relaci贸n a la incorporaci贸n de personal t茅cnico a la universidad. Esta propuesta ser谩 elevada a consideraci贸n de las autoridades de la universidad en el marco de las reglamentaciones vigentes al respecto.

Art. 24掳: Son funciones del Coordinador de Laboratorios:

  1. Coordinar y optimizar el funcionamiento de las instalaciones, elementos, insumos y dem谩s recursos puestos a su cuidado.
  2. Supervisar la correcta utilizaci贸n de los laboratorios y todos sus elementos.
  3. Hacer respetar las disposiciones emanadas de los reglamentos generales de la instituci贸n as铆 como las indicadas en reglamentos propios de los laboratorios y los correspondientes a la bioseguridad.

Art. 25掳: El Encargado de Laboratorio ser谩 propuesto por el Decano, a sugerencia del Jefe de Carrera respectivo, debiendo respetarse todas las disposiciones vigentes en relaci贸n a la incorporaci贸n de personal t茅cnico a la universidad. Esta propuesta ser谩 elevada a consideraci贸n de las autoridades de la universidad en el marco de las reglamentaciones vigentes al respecto.

Art. 26掳: Son funciones del Encargado de Laboratorio:

  1. Colaborar con el Coordinador de Laboratorios
  2. Velar por el buen funcionamiento de las instalaciones, elementos, insumos y dem谩s recursos puestos a su cuidado.
  3. Cuidar por la correcta utilizaci贸n del laboratorio y todos sus elementos, por parte de los docentes y alumnos que concurran a 茅l.
  4. Hacer respetar las disposiciones emanadas de los reglamentos generales de la instituci贸n as铆 como las indicadas en reglamentos propios del laboratorio.

Del Auxiliar Administrativo:

Art. 27掳: Adem谩s de ajustarse a las disposiciones reglamentarias que la Universidad fije para el personal administrativo y/o t茅cnico, el Auxiliar Administrativo de la Facultad tendr谩 como funciones generales las siguientes:

  1. La realizaci贸n en tiempo y forma de todas las actividades relacionadas con la documentaci贸n recibida/emitida en la unidad acad茅mica.
  2. La atenci贸n de alumnos, docentes y p煤blico en general que concurran a la unidad acad茅mica.
  3. Velar por la protecci贸n de los registros acad茅micos tanto de alumnos como de docentes de la Facultad.
  4. Toda otra compatible con sus funciones, que le encomienden las autoridades de la Facultad.

Secci贸n II: Docentes y Estudiantes

I. De los Docentes e Investigadores

Art. 28掳: Los docentes e investigadores de la Facultad de Ciencias Agrarias y Veterinarias cumplir谩n su funci贸n conforme a los fines de la Universidad, a las prescripciones de los t铆tulos 9 y 10 del Estatuto Acad茅mico de la Universidad, y a lo dispuesto por el Reglamento de Carrera Acad茅mica, el Reglamento de Concursos Docentes, las pol铆ticas de investigaci贸n y el Reglamento del Consejo de Investigaciones.

Art. 29潞: Los docentes e investigadores no pueden, individual o colectivamente, invocar el nombre de la Facultad de Ciencias Agrarias y Veterinarias o de alguno de sus Departamentos, sin autorizaci贸n previa del Decano.

II. De los Estudiantes

Art. 30潞: Los estudiantes de la Facultad de Ciencias Agrarias y Veterinarias realizar谩n sus actividades conforme a los fines de la Universidad, a las prescripciones del Estatuto Acad茅mico de la Universidad en sus art铆culos 5, 56 al 67, 69, 71 y 72, a lo dispuesto por el Reglamento de Alumnos para la Universidad Cat贸lica de Salta.