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Investigación

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 464/10

Capítulo I
Capítulo II – Miembros
Capítulo III – Plenario
Capítulo IV – Proyectos de Investigación
Capítulo V – Director de Programa
Capítulo VI – Procedimientos
Capítulo VII – Alumnos ascriptos a proyectos
Capítulo VIII – Transferencias
Capítulo IX Publicaciones
Capítulo VIII – Presupuesto

 

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1395/11

 


   
RESOLUCION Nº 464/10

 

En el Campo Casta帽ares, sito en la Ciudad de Salta, Capital de la Provincia del mismo nombre, Rep煤blica Argentina, sede de la Universidad Cat贸lica de Salta, a los cinco d铆as del mes de mayo del a帽o dos mil diez;

 

VISTO: 聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 聽聽聽聽聽聽聽聽聽 la presentaci贸n efectuada por las autoridades del Consejo de Investigaciones; y

 

CONSIDERANDO:聽聽 聽聽聽聽聽聽聽聽聽 Que el Reglamento del Consejo de Investigaciones de la UCASAL vigente, desde el 17 de agosto de 2004 hasta la fecha, necesita ser redise帽ado para un 贸ptimo desarrollo de la actividad de investigaci贸n;
聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 Que se hace necesario establecer con claridad la naturaleza, prop贸sitos, competencias y funciones de 茅sta Unidad Acad茅mica;
聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 Que al efecto se elabor贸 un nuevo Reglamento con la participaci贸n del Se帽or Rector, Vicerrectores, Secretaria General, autoridades del Consejo de Investigaciones y Consejeros;
聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 Que habi茅ndose analizado exhaustivamente el mencionado Reglamento, se ha sugerido su aprobaci贸n en reuni贸n de Consejo Acad茅mico de fecha 14 de abril del corriente a帽o;
Que es necesario emitir la Resoluci贸n Rectoral correspondiente;

POR ELLO, 聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE SALTA

RESUELVE:

Art铆culo 1潞.- APROBAR el REGLAMENTO DEL CONSEJO DE INVESTIGACI脫N DE LA UNIVERSIDAD CAT脫LICA DE SALTA, el que se incorpora como Anexo I de la presente Resoluci贸n.-

Art铆culo 2掳.- DEROGAR la Resoluci贸n Rectoral N潞 616/04, en virtud de la cual se aprueba el anterior Reglamento del Consejo de Investigaciones de la Universidad Cat贸lica de Salta.-

Art铆culo 3掳.- Comunicar a: Vicerrectorado Acad茅mico, Vicerrectorado Administrativo, Unidades Acad茅micas y Administrativas correspondientes, a los efectos a que hubiere lugar y publicar en la P谩gina de Distribuci贸n Interna.-

Art铆culo 4掳.-Registrar, reservar el original y archivar.-

 

 

Anexo Res. Rec. N潞 464/10

Consejo de Investigaciones
Reglamento

Cap铆tulo I

Art. 1掳.- Naturaleza y Prop贸sito
El Consejo de Investigaciones de la Universidad Cat贸lica de Salta es la dependencia de la Universidad encargada de hacer ejecutar las pol铆ticas de investigaci贸n en los campos de la educaci贸n universitaria, las ciencias, las tecnolog铆as, las artes y las humanidades. En atenci贸n a la soluci贸n de la problem谩tica local, regional como adem谩s de nacional, evaluar谩, priorizar谩 y fomentar谩 la investigaci贸n individual, en equipo e interdisciplinaria.

Art. 2.- Competencias
Compete al聽 Consejo:

  • 聽Asesorar a Rectorado, Unidades Acad茅micas, Institutos y Sistema de Educaci贸n a distancia (SEAD).
  • Orientar, coordinar y gestionar los medios en todas las cuestiones relativas a la investigaci贸n cient铆fica, colaborando asimismo con las autoridades en la gesti贸n y adquisici贸n de financiamiento externo destinado a tal objeto.
  • Fijar las normas y disposiciones a que deber谩 ajustarse la ejecuci贸n de los programas, proyectos y trabajos de investigaci贸n y el control de gesti贸n de los mismos.
  • Promover la聽 formaci贸n de la conciencia metodol贸gica en el 谩mbito del claustro docente y entre los alumnos de la Universidad. A tal fin, podr谩:
    • motivar y organizar el dictado de cursos, ciclos de estudio, seminarios y conferencias.
    • publicar y difundir los elementos que hagan al fin previsto.
  • Realizar las acciones que se consideren adecuadas al cumplimiento.

Art. 3.- Funciones
Son funciones del Consejo:

  • Aceptar o rechazar los programas, proyectos y trabajos presentados.
  • Arbitrar los medios y procedimientos 煤tiles para realizar trabajos de desarrollo, innovaci贸n e investigaci贸n para organismos estatales o privados y brindarles toda clase de asesoramiento y asistencia.
  • Conformar un Registro de Evaluadores que abarque la totalidad de las 谩reas tem谩ticas.
  • Difundir las tareas de investigaci贸n que se realicen en la Universidad, recomendando la publicaci贸n de trabajos y en general, la utilizaci贸n de los medios pertinentes a ese fin.
  • Arbitrar los medios tendientes brindar la mas amplia informaci贸n a investigadores, docentes y alumnos de la Universidad sobre la gama de posibilidades que el campo de la investigaci贸n ofrece.
  • Incentivar y apoyar la vocaci贸n investigadora de docentes y alumnos mediante la asistencia que se considere necesaria.
  • Recomendar a las autoridades la asistencia y cooperaci贸n en el campo de la investigaci贸n con otras instituciones a trav茅s de:
    • La celebraci贸n de convenios para la realizaci贸n de Trabajos, Proyectos y Programas de Investigaci贸n en com煤n
    • El intercambio de informaci贸n y publicaciones
    • La realizaci贸n de reuniones para la interacci贸n y el impulso de la investigaci贸n.
  • Impulsar la participaci贸n multidisciplinar en los proyectos de investigaci贸n con el objeto de lograr la m谩xima complementaci贸n de las diversas disciplinas.
  • Transferir los conocimientos que se desarrollen en el campo de la investigaci贸n al medio en el que se inserta la Universidad, en especial a la Provincia de Salta, la Regi贸n Noroeste, a toda la Naci贸n y a los pa铆ses lim铆trofes.
  • Propiciar el establecimiento de relaciones estables con instituciones afines, investigadores particulares, fundaciones, empresas y entidades intermediarias, seg煤n correspondiere por afinidad de objetivos y actividades.
  • Relevar las tareas de investigaci贸n que se realicen en cada 谩rea y sede de la Universidad, evaluar sus resultados y proponer medidas para su continua mejora en lo t茅cnico y metodol贸gico.
  • 聽Confeccionar聽 un registro interno de investigaciones.

 

Cap铆tulo II

Art. 4.- Miembros
El Consejo estar谩 integrado por

  • un Director.
  • un Secretario T茅cnico.
  • un Coordinador.
  • un Consejero titular y uno suplente representante por cada Unidad Acad茅mica (Facultades o Escuelas )聽聽

El Consejo depender谩 org谩nicamente del Rector.

Art. 5.- Requisitos:
Para ser miembro del Consejo se exigir谩n los siguientes requisitos:

  • Tener t铆tulo universitario expedido por Universidad Nacional o Privada, o extranjera con tr谩mite de convalidaci贸n acad茅mica cumplido.
  • Integrar el claustro docente o de investigaci贸n de la Universidad Cat贸lica de Salta.

Art. 6.- Designaci贸n
El Director, el Secretario T茅cnico y el Coordinador ser谩n designados por Resoluci贸n Rectoral. En caso de renuncia o licencia del Director, el Rector elegir谩 un reemplazante. En caso de ausencia breve asumir谩 el Secretario T茅cnico.
El Consejero Titular y Suplente, ser谩n designados mediante Resoluci贸n de Facultad o Escuela y el cargo tendr谩 car谩cter Ad- Honoren.
El se帽or Rector podr谩, mediante Resoluci贸n y a propuesta del Consejo de Investigaciones, designar otros miembros como Consejeros Extraordinarios, en car谩cter de asesores. Estos ser谩n investigadores de reconocida trayectoria.
Art. 7.- Director.
El Director conduce el Consejo de Investigaciones y es el encargado de poner en ejecuci贸n los planes y proyectos que se establezcan en las reuniones de Consejo. En particular deber谩:

  • Presidir el plenario y fijar el temario de las reuniones.
  • Representar al Consejo ante las autoridades de la Universidad y dependencias de 茅sta.
  • En caso de fuerza mayor o razones de urgencia debidamente acreditadas podr谩 tomar decisiones que correspondan al plenario, debiendo este ratificarlas en la siguiente reuni贸n.
  • Informar al Consejo Acad茅mico, del que forma parte, sobre los aspectos m谩s sobresalientes de las actividades del Consejo de Investigaciones.
  • Asesorar a directores y equipos de Investigaci贸n sobre asuntos metodol贸gicos que mejoren la calidad en la ejecuci贸n de las investigaciones.
  • Fijar la fecha de principio y fin de las convocatorias anuales, en las cuales los investigadores tomar谩n conocimiento de los requisitos exigidos para presentar Trabajos, Proyectos y Programas de Investigaci贸n Cient铆fica.
  • Podr谩 nombrar con el asesoramiento de los Consejeros Evaluadores Externos que dictaminen sobre la factibilidad de los Trabajos, Proyectos y Programas presentados.
  • Seleccionar los trabajos que formar谩n parte de la Revista Anual del Consejo de Investigaciones.
  • Adoptar todas las medidas necesarias para el mejor cumplimiento de los fines del Consejo de Investigaciones

Art. 8.- Secretario t茅cnico
Son funciones del Secretario T茅cnico:

  • Oficiar de secretario de actas en las reuniones del Consejo.
  • Llevar toda la documentaci贸n relativa al Consejo y a su actividad.
  • Organizar las actividades de formaci贸n continua de los investigadores de la Universidad.
  • Organizar la recepci贸n de los proyectos de investigaci贸n, los informes de avance e informes finales correspondientes.
  • Notificar de las decisiones del Consejo a los interesados.
  • Organizar la difusi贸n al interior de la Universidad de los resultados de los proyectos de Investigaci贸n, mediante jornadas, talleres, publicaciones o cualquier otra instancia que se considere pertinente.
  • Contribuir al an谩lisis y organizaci贸n de las comunicaciones que formar谩n parte de la Revista Anual del Consejo de Investigaciones.

Art. 9.- Coordinador.
Son funciones del Coordinador:

  • Tomar contacto con instituciones p煤blicas y privadas con el objeto de poder asesorar al Consejo sobre las necesidades que puedan ser resueltas por la Investigaci贸n.
  • Colaborar en la b煤squeda de capitales que puedan financiar los Trabajos, Proyectos y Programas.
  • Las dem谩s tareas que indique el Director.

Art. 10.- Consejeros
Corresponde a los聽 Consejero:

  • Intervenir como nexo entre el Consejo de Investigaciones y las autoridades de la unidad acad茅mica.
  • Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Investigaciones y conocer perfectamente las reglamentaciones vigentes que rigen la Investigaci贸n en la UCASAL.
  • Conocer de todos los Trabajos, Proyectos y Programas de Investigaci贸n聽 que se presenten y/o desarrollen en su Unidad Acad茅mica.
  • Informar al Consejo de Investigaciones y a los investigadores de su unidad acad茅mica y sedes distantes, lo referente a cursos, congresos, exposiciones y dem谩s actividades relacionadas con la Investigaci贸n que se conozcan o programen.

En ausencia del Consejero Titular, deber谩 asistir el Consejero Suplente con id茅nticas atribuciones.

Art. 11.- Duraci贸n
El Director, el Secretario T茅cnico y el Coordinador durar谩n en sus cargos tres a帽os y podr谩n ser reelegidos.
Los Consejeros durar谩n en sus funciones dos a帽os, pudiendo ser reelegidos.

Art. 12.- Remoci贸n:
Los Consejeros podr谩n ser removidos por el Rector, Decano y/o Director cuando incurrieren en:

  • Inasistencia a tres reuniones consecutivas a cuatro alternadas durante el a帽o acad茅mico, sin justificaci贸n.
  • Falta notoria de colaboraci贸n, desinter茅s, incurr铆a o incumplimientos reiterados de las obligaciones que este Reglamento impone.

En ning煤n caso, bajo pena de nulidad, podr谩 removerse a un Consejero sin audiencia previa y posibilidad de efectuar descargo.

 

Cap铆tulo III

Art. 13.- Plenario

El Plenario estar谩 conformado por:

  • Director
  • Consejeros
  • Secretario T茅cnico
  • Coordinador

Art. 14.- Deliberaciones
El Consejo deliberar谩 v谩lidamente con la mitad m谩s uno de sus miembros presentes.
Las decisiones se adoptar谩n por simple mayor铆a de miembros presentes.

Art. 15.- Acuerdos
Los acuerdos que adoptare el Consejo ser谩n volcados en acta a cuyo fin, el Secretario T茅cnico llevar谩 un libro especial.
Todos los asuntos ingresados por las comisiones que se constituyan ser谩n tratados por el Consejo. La ejecuci贸n de los acuerdos ser谩 competencia del Director.

Art. 16.- Reuniones y orden del D铆a
Las reuniones del Consejo se realizar谩n dos veces al mes, durante el per铆odo lectivo de la Universidad.
Ser谩n convocadas por el Director y con antelaci贸n suficiente se comunicar谩 el temario a considerar, el que ser谩 fijado por el Director.
Los Consejeros podr谩n solicitar la inclusi贸n de temas con por lo menos tres d铆as de anticipaci贸n a la fecha de la reuni贸n.

Art. 17.- Comisiones:
En el 谩mbito del Consejo podr谩n formarse comisiones de trabajo con el objeto de otorgar al estudio de determinados t贸picos una mayor eficacia y ejecutividad, en los 谩mbitos que el Plenario considere necesario.
Estar谩n integradas por los Consejeros titulares y suplentes y abarcar谩n, entre otras, las siguientes 谩reas:

  • Evaluaci贸n y gesti贸n de proyectos
  • Interpretaci贸n de aspectos reglamentarios
  • Presupuestos
  • Reforma del Reglamento del Consejo

Los dict谩menes de las Comisiones ser谩n luego considerados en los Plenarios del Consejo..

Art. 18.- Jornadas de Investigaci贸n
Las Jornadas de Investigaci贸n se realizar谩n anualmente, en el mes de Octubre, en la que todos los equipos que est茅n ejecutando Trabajos, Proyectos y Programas presentar谩n los resultados totales o parciales de sus investigaciones.

Cap铆tulo IV

Art. 19.- Proyectos de Investigaci贸n

Se considerar谩n:

  • TRABAJO: Se considera trabajo de investigaci贸n el que puede ser realizado por uno o m谩s investigadores en el t茅rmino de hasta un a帽o.
  • PROYECTO: Se considera proyecto de investigaci贸n el que puede ser realizado por equipos de investigaci贸n en el t茅rmino de hasta tres a帽os.
  • PROGRAMA: Se considera programa de investigaci贸n el que puede ser integrado por tres o m谩s proyectos que enfoquen interdisciplinariamente un tema com煤n y tengan una duraci贸n m谩xima de hasta seis a帽os, debiendo estar en ejecuci贸n al menos dos Proyectos. Independientemente de los Informes de los proyectos, el Director del programa deber谩 presentar un Informe de Avance integrado del programa a los tres a帽os y un Informe Final integrado a su finalizaci贸n. El Director del programa podr谩 dirigir un solo proyecto dentro del Programa. Si se altera la cantidad de Trabajos aceptados para integrar el Programa y se disminuye la labor de los Investigadores, pasar谩 el Programa a denominarse Proyecto.

Art. 20.- Presentaci贸n: Todos los Programas, Proyectos o Trabajos de investigaci贸n que se propusieran realizar equipos de investigaci贸n o investigadores individuales, deber谩n ser presentados al Consejo para su evaluaci贸n y/o aprobaci贸n en el t茅rmino que fije el mismo.

Art. 21.- Formulaci贸n. Los programas, proyectos o trabajos ser谩n formulados seg煤n el modo y estilo precisado por el propio Consejo, quien fijar谩 las normas a las que deben atenerse seg煤n las pautas establecidas en las聽 Pautas de Presentaci贸n.

Cap铆tulo V

Art. 22.- Director de Programa
Para ser director de programa de investigaci贸n deber谩n reunirse las siguientes condiciones: haber demostrado capacidad de ejecutar, dirigir y planificar en forma exitosa proyectos de investigaci贸n cient铆fica o de desarrollo tecnol贸gico acreditada a trav茅s de publicaciones o desarrollos de tecnolog铆a, que hayan contribuido a la formaci贸n de tesistas de posgrado y de grado, y que como docentes hayan alcanzado la categor铆a de profesor titular.

Art. 23.- Director de Proyecto
Para ser director de proyectos de investigaci贸n deber谩n reunirse las siguientes condiciones: haber realizado una labor cient铆fica o de desarrollo tecnol贸gico, debidamente documentada, y que acrediten haber dirigido o codirigido exitosamente proyectos de investigaci贸n cient铆fica o de desarrollo tecnol贸gico, o que presenten destacados antecedentes en el 谩rea聽 disciplinar en la que pretenden investigar, y que como docentes hayan alcanzado la categor铆a de profesor titular o adjunto.

Art. 24.- Director de Trabajo
Para ser director de un trabajo de investigaci贸n deber谩n reunirse las siguientes condiciones: haber realizado una destacada labor de investigaci贸n cient铆fica y/o de desarrollo tecnol贸gico bajo la gu铆a o supervisi贸n de un docente investigador, y que como docentes hayan alcanzado al menos el cargo de auxiliar docente.

Art. 25.- Integrantes de equipo
Los integrantes del equipo de investigaci贸n deber谩n cumplir con el plan de trabajo establecido de com煤n acuerdo con el Director,聽 y ser谩n designados seg煤n las categor铆as comprendidas en el Estatuto de la UCASAL (Arts. 49 A 55):

  • Director de Proyecto, Director de Instituto de Investigaci贸n o Investigador Independiente
  • Investigador Asociado
  • Investigador Participante
  • Ayudante de Investigaci贸n

En el caso del incumplimiento de las obligaciones correspondientes a los integrantes del equipo,聽 Director del Trabajo, Proyecto o Programa podr谩 dar de baja a cualquiera de ellos, comunicando la medida al Consejo de Investigaci贸n.

Art. 26.- Responsabilidad de los Directores de Trabajo, Proyecto o Programa
Son responsabilidades intransferibles del Director del Programa, Proyecto o Trabajo la realizaci贸n del proyecto, programa o trabajo en tiempo y forma; la administraci贸n del presupuesto asignado; la realizaci贸n del informe de actividades y las presentaciones de resultados finales o parciales, debiendo responder ante el Consejo por el cumplimiento de estas obligaciones.
El incumplimiento de tales responsabilidades motivar谩 la intervenci贸n del Consejo de Investigaciones, qui茅n dispondr谩 de las sanciones correspondientes, pudiendo el director ser reemplazado en sus funciones por el codirector u otro integrante del equipo que reuniere los requisitos previstos para la funci贸n.

Cap铆tulo VI

Art. 27.- Procedimientos

Los procedimientos para la presentaci贸n de programas, proyectos o trabajos de investigaci贸n ser谩n los siguientes:

  • Las convocatorias para la presentaci贸n de programas, proyectos o trabajos se realizar谩n una vez al a帽o, en la fecha que proponga el Consejo.
  • El Consejo de Investigaciones, luego de la evaluaci贸n de la pertinencia y de la evaluaci贸n de los aspectos formales de la presentaci贸n, los remitir谩 a dos pares evaluadores, uno de los cuales debe ser externo a la instituci贸n, los que tendr谩n que expedirse al respecto en un lapso no mayor de 60 d铆as corridos.
  • Con el visto bueno de dos de los evaluadores y la respectiva aprobaci贸n del presupuesto por el 谩rea administrativa de la UCASAL, el proyecto se considerar谩 aprobado. En caso contrario el proyecto no podr谩 ser implementado.
  • Los proyectos iniciaran sus actividades a partir de la fecha que determine el Consejo.
  • Los programas, proyectos y trabajos deber谩n presentar un informe de avance por lo menos una vez cuatrimestralmente a partir del inicio del mismo, seg煤n lo prescripto en el “Anexo II, Protocolo de informe de avance”.
  • El informe de avance ser谩 analizado por las autoridades y/o comisiones de trabajo del Consejo de Investigaci贸n, quien dar谩 la conformidad del Informe si se demuestra el resultado de una labor calificada como aceptable.
  • En caso de que el informe de avance no fuere presentado en tiempo y forma, o que no cumpliere con el plan de trabajo previamente establecido en la presentaci贸n original del proyecto, el Consejo podr谩 darle de baja con la consiguiente suspensi贸n de todos los aportes econ贸micos.
  • Al finalizar cada Programa, Proyecto o Trabajo, deber谩 presentarse un informe final, el que se remitir谩 a los pares evaluadores para su aprobaci贸n. El mismo deber谩 presentarse en un plazo de 60 d铆as a partir de la finalizaci贸n del programa, proyecto o trabajo, seg煤n lo prescripto en el聽 Protocolo de presentaci贸n de informe final.
  • En el caso de no presentarse el informe en tiempo y forma, o de evaluaci贸n negativa de dos de los evaluadores, el director no podr谩 presentarse a nuevas convocatorias por el t茅rmino de un a帽o.

Cap铆tulo VII

Art. 28.- Alumnos adscriptos a proyectos
El Director de cada proyecto y/o trabajo solicitar谩 si lo considera necesario,聽 la incorporaci贸n de alumnos en el car谩cter de adscriptos.

Art. 29.- El aspirante deber谩 cumplir con las siguientes condiciones:

  • Ser alumno regular de algunas de las carreras de la Universidad Cat贸lica de Salta, afines al Proyecto.
  • Tener aprobadas las asignaturas de la carrera que se relacionen con el proyecto.
  • Tener 铆ndice acad茅mico igual o mayor de 6 (seis).
  • No haber reprobado, durante los 煤ltimos 24 (veinticuatro) meses, m谩s de dos materias.

Los alumnos adscriptos podr谩n ser beneficiarios de un descuento en el pago de la cuota mensual, cuyo porcentaje ser谩 estipulado de acuerdo al trabajo que deban ejecutar.

Cap铆tulo VIII

Art. 29.- Transferencias al sector productivo y de servicios
Las patentes, innovaciones, descubrimientos, nuevos conocimientos, mejoras o nuevos formatos de procesos o productos resultantes de los proyectos de investigaci贸n son susceptibles de ser adquiridos por el sector productivo y el de servicios, sea como transferencias de tecnolog铆a, actividades de asistencia t茅cnica o servicios t茅cnicos.

Art. 30.- Transferencia de Tecnolog铆a
Se considera tal aquella que tiene por objeto la transferencia de mejoras y/o la adaptaci贸n que tiendan a perfeccionar las condiciones de producci贸n y/o comercializaci贸n de un proceso industrial o de un producto definido. Puede realizarse por licencias de derechos de propiedad intelectual o industrial o por transmisi贸n de Know- How. Se incluyen aquellos trabajos de investigaci贸n y desarrollo nuevos realizados a pedido de un tercero.
Las actividades de transferencia de tecnolog铆a que incluyen un proceso previo de investigaci贸n, deber谩n seguir los lineamientos de presentaci贸n de programas, proyectos o trabajos de investigaci贸n explicitados en el cap铆tulo V y anexos del presente Reglamento.
Las investigaciones realizadas en la Universidad Cat贸lica de Salta que concluyan en patentes de invenci贸n o elementos del Know How comercializable, dar谩n derecho a los investigadores a participar en un 30% del resultado econ贸mico que obtenga la Universidad Cat贸lica de Salta.

Art. 31.- Actividades de Asistencia T茅cnica
Se incluyen en este concepto los trabajos realizados para la transmisi贸n de conocimientos a fin de resolver problemas t茅cnicos espec铆ficos o aportar elementos para su resoluci贸n, como la optimizaci贸n de un proceso o la mejora de la calidad de un producto. Se refiere a actividades de consultor铆a en general, asistencia t茅cnica o servicios de transferencia.

Art. 32.- Los Servicios T茅cnicos
Consisten en la realizaci贸n de tareas tales como la reparaci贸n, montaje y puesta en marcha de una planta, lo ensayos repetitivos, las pruebas de control de calidad, de funcionamiento y rendimiento, o bien formaci贸n y capacitaci贸n de personal.

Art. 33.- Registro - Informes
El Consejo de Investigaciones llevar谩 un registro interno de las actividades de transferencia de tecnolog铆a y extensi贸n al sector productivo.
Todas las actividades de transferencia de tecnolog铆a y extensi贸n al sector productivo se帽aladas en los art铆culos precedentes, que impliquen convenios o contratos de locaci贸n de obra y/o servicios, deber谩n presentarse con copia al Consejo de Investigaciones, agregar un plan de trabajo previo al inicio de las actividades y un informe a la finalizaci贸n de los mismos.

Cap铆tulo IX

Art. 34.- Publicaciones
El Consejo de Investigaci贸n en reuni贸n Plenaria, determinar谩 los trabajos de investigaci贸n que ser谩n聽 publicados. A tales fines especificar谩 la forma y modo en que se realizar谩 la publicaci贸n., c贸mo tambi茅n su financiaci贸n.

Art. 35.- Difusi贸n
Los trabajos publicados ser谩n enviados a universidades, instituciones y a toda otra entidad profesional o cient铆fica de inter茅s, para su conocimiento y difusi贸n, incorpor谩ndose tambi茅n a la Biblioteca de la Universidad.

Art. 36.- El Consejo receptar谩 y, cuando lo considere oportuno, difundir谩, todo tipo de informaci贸n referente a Congresos, Cursos, Becas e intercambios que hagan a la investigaci贸n, los que ser谩n convenientemente publicitados dentro de la Universidad.

Capitulo X

Art. 37.- Presupuesto
El Consejo, en reuni贸n Plenaria de sus miembros, confeccionar谩 anualmente el proyecto de su presupuesto, el que elevar谩 para su consideraci贸n por el Gobierno Universitario.

Art. 38.- Asignaci贸n de Partidas.
Corresponder谩 al Consejo la asignaci贸n de las Partidas que le fueren conferidas, las que se distribuir谩n a investigadores y dependencias de acuerdo con las disponibilidades y prioridades que en cada ejercicio se acordaren. De ello dar谩 cuenta regularmente a la Direcci贸n General de Administraci贸n.

Art. 39.-聽 El Consejo, seg煤n los casos, recomendar谩 y solicitar谩 al Vicerrectorado Administrativo la provisi贸n de fondos para su ejecuci贸n, como as铆 tambi茅n la provisi贸n de materiales y recursos t茅cnicos necesarios para su funcionamiento y la realizaci贸n de los proyectos aprobados.

 


RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1395/11

Referida a Pol铆ticas y L铆neas de Investigaci贸n para la Universidad Cat贸lica de Salta.

En Campo Casta帽ares, sito en la Ciudad de Salta, Capital de la Provincia del mismo nombre, Rep煤blica Argentina, sede de la Universidad Cat贸lica de Salta, a once d铆as del mes de noviembre del a帽o dos mil once:

 

VISTO: 聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 La Resoluci贸n Rectoral N潞 570/04 en virtud de la cual se aprueban las pol铆ticas y l铆neas de investigaci贸n de la Universidad Cat贸lica de Salta y que el per铆odo para el cual fueron aprobadas ha llegado a su t茅rmino; y

CONSIDERANDO:聽聽聽聽 La necesidad de reformular las pol铆ticas y l铆neas de investigaci贸n, habida cuenta del crecimiento de esta actividad sustantiva inherente a la instituci贸n universitaria en los 煤ltimos siete a帽os;
Que聽 se viene promoviendo la definici贸n y el fortalecimiento de l铆neas de investigaci贸n como un medio para incentivar la confluencia de diversas iniciativas de investigaci贸n con la finalidad del aprovechamiento integral de los recursos institucionales;
Que de esta manera, la universidad puede atender mejor a problem谩ticas m谩s amplias y complejas, que le permitan una mayor inmersi贸n y cercan铆a respecto de las realidades que la circundan;
Que se han ido creando y consolidando grupos de investigadores radicados en las distintas unidades acad茅micas;
Que se han especificado normas y procedimientos para la presentaci贸n y estudio de trabajos/proyectos/programas de investigaci贸n, as铆 como para la ejecuci贸n de 茅stos;
Que se han aprobado incentivos para la participaci贸n de alumnos en actividades de investigaci贸n;
Que el Consejo de Investigaciones anualmente realiza sus convocatorias y concita la participaci贸n de docentes investigadores, la que se incrementa a帽o a a帽o;
Que se encuentra en proyecto la propuesta de categorizaci贸n de los docentes investigadores;
Que se ha considerado聽 la conveniencia de institucionalizar un Protocolo para la presentaci贸n de trabajos, proyectos o programas de investigaci贸n, siguiendo el modelo adoptado por las Facultades de Ingenier铆a e Inform谩tica, Arquitectura y Urbanismo y Ciencias Agrarias y Veterinarias;
Que existe al m谩s alto nivel institucional la decisi贸n de incrementar los fondos destinados a esta actividad y estimular la b煤squeda de financiamiento externo;
Que es dable destacar la participaci贸n para la elaboraci贸n de esta propuesta, de los miembros del Consejo de Investigaciones de conformidad a lo dispuesto por la Resoluci贸n Rectoral N潞 464/10, as铆 como de directivos de las Unidades Acad茅micas, de la Asesor铆a del Rectorado y de docentes investigadores;

POR ELLO;

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE SALTA

Res. Rec. N潞 1395/11.-
2/2.-

RESUELVE

 

Art铆culo 1潞.- APROBAR las POL脥TICAS Y L脥NEAS DE INVESTIGACI脫N PARA LA UNIVERSIDAD CAT脫LICA DE SALTA a partir del d铆a de la fecha y por el t茅rmino de tres a帽os, las que integran la presente Resoluci贸n como Anexo I.-

Art铆culo 2潞.- Aprobar聽 los Formularios para la Presentaci贸n de Actividades de Investigaci贸n, que se incorporan como Anexo II.-

Art铆culo 3潞.- Comunicar a Vicerrectorado Acad茅mico, Vicerrectorado Administrativo, Unidades Acad茅micas y Administrativas correspondientes a los efectos a que hubiere lugar y publicar en la P谩gina de Distribuci贸n Interna.-

Art铆culo 4潞.- Registrar, reservar el original y archivar.-


ANEXO I 鈥 Res. Rec. N潞 1395/11
POL脥TICAS Y LAS L脥NEAS DE INVESTIGACI脫N
DE LA UNIVERSIDAD CAT脫LICA DE SALTA

PROPUESTA

  • BASES Y FUNDAMENTACI脫N TE脫RICA DE LA INVESTIGACI脫N EN LA UNIVERSIDAD CAT脫LICA DE SALTA

 

En la Carta Apost贸lica sobre “La Universidad Cat贸lica”, S.S. Juan Pablo II se帽ala que, por naturaleza, la universidad constituye una “Comunidad que, de modo riguroso y cr铆tico, contribuye a la tutela y desarrollo de la dignidad humana y a la herencia cultural, mediante la investigaci贸n, la ense帽anza y distintos servicios”.聽 Estas caracter铆sticas que definen su identidad implican la necesidad de dotar a la universidad de un amplio sistema institucional en el campo de la investigaci贸n.

  • Finalidades institucionales de la UCS en el 谩mbito investigativo, seg煤n el Estatuto de la Universidad.聽 Seg煤n su Estatuto, la Universidad Cat贸lica de Salta es un centro de altos estudios que tiene, entre sus finalidades esenciales y espec铆ficas, la investigaci贸n cient铆fica en sus formas superiores.

 

Sus misiones, presididas por una inspiraci贸n cristiana, incluir谩n:

  • La reflexi贸n continua sobre los graves problemas actuales, para proponer soluciones.
  • La fidelidad al mensaje cristiano en todas sus actividades.
  • Un esfuerzo institucional al servicio del pueblo de Dios.
  • Una orientaci贸n definida en su tarea investigativa destinada a examinar a fondo la verdad y la realidad para:
  • Lograr la integraci贸n entre la Fe y el Saber: Debe procurarse que exista una unidad viva org谩nica y jer谩rquica del conocimiento que se imparte, logr谩ndose la iluminaci贸n de todos los saberes para ubicar adecuadamente el sentido de cada disciplina humana.
  • Buscar constantemente y firmemente la verdad: mediante la adecuaci贸n del intelecto a la realidad.聽 La Epistemolog铆a estar谩 fundada en la adecuaci贸n de las metodolog铆as de cada ciencia a su particular objeto de estudio.
  • Interdisciplinariedad: las diversas disciplinas que se investigan y estudian no constituyen compartimentos estancos; la realidad se presenta jer谩rquica y sistem谩ticamente.
  • La universidad es “comunidad en la verdad” y debe procurar que sus integrantes encuentren en ella la posibilidad de una realizaci贸n plena desde el punto de vista humano y profesional.聽 Esta finalidad comprende el desarrollo de las capacidades investigativas.聽

Debe procurarse la mejora contante de la propia competencia profesional e investigativa a trav茅s de la articulaci贸n de un sistema de perfeccionamiento permanente, tanto para docentes como para alumnos.
La Universidad debe buscar incansablemente la verdad.聽 San Agust铆n se refiere al gozo, a la alegr铆a de buscar la verdad y comunicarla.聽 La indagaci贸n de la verdad constituye uno de los m谩s firmes prop贸sitos de la U.C.S.
Los profesores no solo inician a los alumnos en una disciplina est谩tica, sino en la b煤squeda permanente de la verdad.
Al perfil tradicional debe agregarse un requisito exigido por la 煤ltima Carta Apost贸lica sobre la Universidad, que la concibe como un instrumento fundamental en el desarrollo de las naciones, porque penetra a trav茅s de la investigaci贸n y el pensamiento reflexivo en todos los niveles de la realidad lo que el esp铆ritu humano aspira a conocer.

  • Los objetivos prescriptos en el 谩mbito investigativo por la “Ex Corde Ecclesiae -聽 Constituci贸n Apost贸lica sobre las Universidades Cat贸licas” del Papa Juan Pablo II nos exigen convertir a la U.C.S. en:
  • Un centro de creatividad;
  • Un centro de irradiaci贸n del saber humano;
  • Una Instituci贸n que realice significativos aportes al florecimiento de la cultura humana;
  • Una Instituci贸n que realice una constante b煤squeda del significado de las conquistas de la ciencia y la t茅cnica en la perspectiva total de la persona humana.

 

Conforme la Ex Corde Ecclesiae, una Universidad Cat贸lica, en cuanto cat贸lica, inspira y realiza su investigaci贸n, la ense帽anza y todas las dem谩s actividades seg煤n los ideales, principios y actitudes cat贸licos.聽聽 En ella, la investigaci贸n abarca necesariamente:

  • La consecuci贸n de una integraci贸n del saber;
  • El di谩logo entre fe y raz贸n;
  • Una preocupaci贸n 茅tica y
  • Una perspectiva teol贸gica

Es por ello que la Universidad Cat贸lica de Salta est谩 comprometida con:

  • La constante b煤squeda de la verdad mediante la investigaci贸n, la conservaci贸n y la comunicaci贸n del saber para el bien de la sociedad.
  • La investigaci贸n realizada a la luz del mensaje cristiano, que ponga los nuevos descubrimientos humanos al servicio de las personas y de la sociedad.
  • El dar testimonio de la confianza que tiene la Iglesia en el valor intr铆nseco de la ciencia y de la investigaci贸n, preocup谩ndose de las implicaciones 茅ticas y morales, inherentes tanto a los m茅todos como a sus descubrimientos.
  • El acompa帽amiento a los docentes universitarios en su esfuerzo por mejorar cada vez m谩s su propia competencia y por encuadrar el contenido, los objetivos, los m茅todos y los resultados de la investigaci贸n de cada una de las disciplinas en el contexto de una coherente visi贸n del mundo.
  • La generaci贸n de resultados de las investigaciones cient铆ficas que puedan ayudar a la Iglesia a dar respuesta a los problemas y exigencias de cada 茅poca.
  • Una orientaci贸n profunda de la investigaci贸n hacia las ra铆ces y las causas de los graves problemas de nuestro tiempo, prestando especial atenci贸n a sus dimensiones 茅ticas y religiosas.
  • La colaboraci贸n a nivel regional, nacional e internacional en la investigaci贸n, en la ense帽anza y en las dem谩s actividades universitarias entre todas las universidades cat贸licas, con el fin de afrontar mejor los complejos problemas de la sociedad moderna y de fortalecer la identidad cat贸lica de las instituciones.
  • POL脥TICAS DE INVESTIGACI脫N

La investigaci贸n como funci贸n sustantiva de la Universidad requiere mecanismos que no solo garanticen el respaldo institucional en todas sus actividades sino tambi茅n que acompa帽en su crecimiento y mejora.聽 De ah铆 la propuesta de realizar ajustes en sus pol铆ticas, siempre con miras a fortalecer el desarrollo de esta actividad.
Las pol铆ticas de investigaci贸n son enunciados de car谩cter general que brindan un marco para la toma de decisiones y para la acci贸n en materia investigativa, tanto para la Universidad como para cada unidad acad茅mica que deba decidir y actuar en dicha materia; vale decir que contemplan los principios generales que regir谩n la pr谩ctica cotidiana en el terreno de la investigaci贸n, en las 谩reas cient铆ficas, tecnol贸gicas, sociales y human铆sticas.

Son sus objetivos:

  • Lograr la continua mejora del nivel cualitativo y la relevancia de las actividades de investigaci贸n y desarrollo, validaci贸n, transferencia y de difusi贸n del conocimiento dentro y fuera de la universidad.
  • Fortalecer la capacidad de las unidades involucradas en la investigaci贸n en los aspectos de infraestructura, recursos materiales, humanos y administrativos.
  • Fomentar la transferencia de los procesos y los resultados de la investigaci贸n en la curr铆cula de grado y postgrado.
  • Orientar las acciones de investigaci贸n hacia la b煤squeda de relevancia tem谩tica en sus aportes y un enfoque sist茅mico e interdisciplinario
  • Vincular la labor investigativa de la universidad con el entorno acad茅mico, productivo, social, gubernamental e institucional de la regi贸n y el mundo.

Ser谩n pol铆ticas de investigaci贸n de la U.C.S:

  • El apoyo directo a la gesti贸n de la investigaci贸n desde el Rectorado y Vicerrectorados Acad茅mico y Administrativo.
  • La definici贸n de planes de desarrollo de la investigaci贸n en todas las unidades acad茅micas con especificaci贸n de prioridades.
  • La creaci贸n y consolidaci贸n de grupos de investigaci贸n y mecanismos para la incorporaci贸n de docentes y alumnos a la actividad investigadora.
  • El impulso de la creaci贸n de una carrera de investigaci贸n propiciando la categorizaci贸n de los investigadores
  • La promoci贸n de instancias de evaluaci贸n de las actividades de investigaci贸n.
  • La gesti贸n de apoyo econ贸mico para la ejecuci贸n de las actividades de investigaci贸n.
  • El est铆mulo a la publicaci贸n y difusi贸n de la investigaci贸n en 谩mbitos acad茅micos y no acad茅micos.
  • El apoyo a la formaci贸n y capacitaci贸n en investigaci贸n a los docentes, investigadores y alumnos de la U.C.S.
  • El enfoque hacia el entorno y sus necesidades, para asegurar que la producci贸n de la investigaci贸n represente un v铆nculo fruct铆fero entre la Universidad y el medio en donde interact煤a.
  • PROPUESTA DE L脥NEAS DE INVESTIGACI脫N

Se entiende por “l铆nea de investigaci贸n” al eje integrador de actividades de investigaci贸n que se genera para atender un conjunto amplio de problemas cuyo tratamiento exige:

  • Un mayor per铆odo de tiempo o continuidad
  • Una mayor coordinaci贸n de las capacidades investigativas o articulaci贸n
  • Mayores resultados e impactos de la investigaci贸n, o productividad

Estos tres elementos permitir谩n evaluar la “consistencia” de una l铆nea de investigaci贸n.

  • Productividad: se refiere a la cantidad, pero tambi茅n a la calidad de la producci贸n bibliogr谩fica (libros, art铆culos en revistas especializadas, trabajos en memorias de congresos cient铆ficos, etc.), tecnol贸gica (prototipos, registros, patentes, etc.) y/o cultural (dise帽os art铆sticos, composiciones musicales, piezas teatrales, etc.) que se obtiene a trav茅s de los proyectos que se encuentran integrados en una l铆nea de investigaci贸n.
  • Continuidad: se refiere a la trayectoria hist贸rica de la l铆nea desde el momento de su implantaci贸n, as铆 como a la proyecci贸n a futuro que se puede prever, tanto a partir de los resultados obtenidos anteriormente, como tambi茅n a partir de los nuevos desaf铆os que pueden suscitar los problemas tratados hasta el momento.
  • Articulaci贸n: se refiere al v铆nculo coherente que ha de existir entre los proyectos de investigaci贸n que forman parte de la l铆nea, pero tambi茅n al v铆nculo que 茅stos pueden tener con otras actividades relacionadas con la investigaci贸n (como, por ejemplo, la asesor铆a de tesis, la inclusi贸n de estudiantes en proyectos de investigaci贸n, la participaci贸n en congresos cient铆ficos, los viajes e intercambios de investigadores, la organizaci贸n de eventos acad茅micos, la edici贸n de publicaciones, etc.)

De la conjugaci贸n de estas tres dimensiones, podr谩 hablarse de:

  • L铆nea en formaci贸n
  • L铆nea en proceso de consolidaci贸n
  • L铆nea consolidada

Los beneficios esperados de las l铆neas propuestas son:

  • Identificaci贸n de dinamismos de investigaci贸n amplios y consistentes con la instituci贸n y que constituyan un aporte significativo a la regi贸n y al mundo.
  • Mejor articulaci贸n de los proyectos de investigaci贸n dentro de un 谩rea de conocimiento y con las actividades acad茅micas afines.
  • Orientaci贸n y motivaci贸n para el trabajo coordinado y colaborativo entre los investigadores, para la conformaci贸n de grupos y redes de investigaci贸n.
  • Sostenimiento, continuidad y proyecci贸n de las iniciativas de investigaci贸n.
  • Identificaci贸n clara de la trayectoria productiva de un conjunto de investigadores y proyectos de investigaci贸n.
  • Mejor aprovechamiento de los recursos institucionales dedicados a la investigaci贸n.

Los dos grupos de l铆neas de investigaci贸n que se proponen a continuaci贸n, de car谩cter orientativo y no taxativo, tienen como fin 煤ltimo la mejora cualitativa y cuantitativa de la producci贸n acad茅mica e investigadora de la UCS, con una visi贸n de apertura hacia las necesidades del entorno y aquellas 谩reas para las cuales existen terceros interesados en su desarrollo y aplicaci贸n concreta.聽

  • L脥NEAS DE INVESTIGACI脫N ENMARCADAS EN LA PROPIA IDENTIDAD DE LA UNIVERSIDAD CAT脫LICA.聽 Son las que tienen relaci贸n con los fines de la UCS declarados en su estatuto constitutivo y con su vocaci贸n de servicio hacia la comunidad con la cual interact煤a, tendientes a promover:
  • El progreso comunitario en la intensificaci贸n de la cultura y la paz.
  • El desarrollo y transformaci贸n hacia una sociedad m谩s justa.
  • La preservaci贸n y respeto por la dignidad de la vida humana.
  • La b煤squeda de una mejora sustantiva en la vida personal y familiar de los hombres.
  • La asistencia cient铆fica y t茅cnica para los grandes males que afectan a la humanidad, bajo el signo y la unidad integradora y de la Sabidur铆a Cristiana.

En este sentido, se proponen:

  • Bio茅tica y Bioderecho
  • Estudios de Desarrollo Humano
  • Problem谩tica juvenil
  • La Familia y la vida
  • L脥NEAS DE INVESTIGACI脫N DISCIPLINARES O INTERDISCIPLINARES.聽 Son las que se enmarcan dentro de las grandes 谩reas que agrupan las diversas disciplinas. Dentro de ellas, cada Unidad Acad茅mica podr谩 definir las l铆neas que considere pertinentes.聽

 

  • Desarrollo y mejoramiento del sector productivo
  • Tratamiento hol铆stico de la problem谩tica de los riesgos naturales
  • Gesti贸n de la Calidad
  • Materiales avanzados y nanotecnolog铆a
  • Estudio de enfermedades zoon贸ticas y no zoon贸ticas
  • Estudios sociol贸gicos cuantitativos y cualitativos
  • Generaci贸n de indicadores econ贸micos
  • Energ铆a y sustentabilidad
  • Gesti贸n ambiental
  • Gesti贸n de Recursos Humanos
  • Derechos humanos
  • Patrimonio natural y cultural
  • Inclusi贸n y Accesibilidad
  • Materiales y tecnolog铆as聽 alternativos para la construcci贸n
  • Urgencias psicol贸gicas
  • Integraci贸n Regional
  • Nuevas tecnolog铆as y aplicaciones de la Inform谩tica y las telecomunicaciones
  • Responsabilidad social
  • 聽Aptitud F铆sica y salud

 

 

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