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Biblioteca

 

RESOLUCION Nº 595/09

En el Campo Castañares, sito en la Ciudad de Salta, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, sede de la Universidad Católica de Salta, a los tres días del mes de junio del año dos mil nueve;

VISTO: la presentación efectuada por las autoridades del Sistema de Bibliotecas UCASAL; y

CONSIDERANDO: Que se trata de la propuesta del REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA;
                                      Que tiene como objeto proveer servicios de información  y gestión del conocimiento a la comunidad universitaria, para apoyo de la docencia y de la investigación;
                                      Que habiéndose analizado exhaustivamente el mencionado Reglamento, se ha sugerido su aprobación en reunión de Consejo Académico de fecha 03.06.09;
                                      Que es necesario emitir la Resolución Rectoral correspondiente;

POR ELLO,
                                     
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE SALTA

RESUELVE:

Artículo 1º.- APROBAR el REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA, el que se incorpora como Anexo I de la presente Resolución.-

Artículo 2°.- Comunicar a: Vicerrectorado Académico, Vicerrectorado Administrativo, Unidades Académicas y Administrativas correspondientes, a los efectos a que hubiere lugar y publicar en la Página de Distribución Interna.-

Artículo 3°.-Registrar, reservar el original y archivar.-

SISTEMA DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA
REGLAMENTO

Artículo 1.- OBJETO - funciones

1.1-El Sistema de Bibliotecas UCASAL es el conjunto de Bibliotecas que brindan servicios de información académica a todas las sedes de la Universidad Católica de Salta.
Integran el Sistema tanto la Biblioteca Central, como las bibliotecas que se incluyen en el Anexo I que forma parte de la presente, y todas aquellas que por acto formal se incorporen en lo futuro.

1.2- El Sistema  de Bibliotecas  de la Universidad Católica de Salta tiene como objeto proveer servicios de información y gestión del conocimiento a la comunidad universitaria, para  apoyo de la  docencia y de la investigación.
Las bibliotecas del Sistema:

  • coleccionan materiales  documentarios  en diversos  soportes, los cuales ponen a disposición de sus usuarios,  organizados técnicamente y con el apoyo profesional adecuado para su mejor aprovechamiento;
  • incorporan los nuevos procedimientos y tecnologías que posibilitan un rápido y eficiente acceso a la  información y al conocimiento;
  • brindan servicios de extensión cultural a toda  la comunidad.

1.3-Las bibliotecas integrantes funcionan en forma coordinada bajo la supervisión y directivas de las autoridades del Sistema de Bibliotecas.

1.4-Funciones del Sistema de Bibliotecas:

  • Disponer la organización técnica y el apoyo profesional para el mejor aprovechamiento del material documental en sus diversos soportes.
  • Proveer servicios de información y gestión del conocimiento a la comunidad universitaria.
  • Apoyar la docencia y la investigación en lo que hace a su específica competencia.
  • Incorporar procedimientos y tecnologías para un rápido y eficiente acceso a la información y al conocimiento.
  • Asistir en  actividades de investigación, de formación continua y de extensión cultural con proyección a toda la comunidad.
  • Aplicar y transmitir, a través de todas sus acciones, los principios y valores que sustenta la UCASAL.

Artículo 2.- AUTORIDADES – ATRIBUCIONES

2.1-Son autoridades del Sistema de Bibliotecas:
Dirección General
Vicedirección
Ambas son designadas por el Rector, mediante procedimientos objetivos de selección y duran en sus cargos tres (3) años, pudiendo ser nuevamente designadas.

2.2-Son funciones de la Dirección General:

  • Establecer las directrices, líneas de trabajo y prioridades del Sistema de Bibliotecas de la UCASAL, así como las metodologías a aplicar y la evaluación de su cumplimiento.
  • Supervisar y brindar orientación técnica a las Unidades de Información integrantes del Sistema, incluyendo las de Sedes Distantes.
  • Planificar y desarrollar nuevos servicios, adecuando los existentes a las necesidades de los usuarios y a las nuevas tecnologías.
  • Acordar con el Vicerrectorado Administrativo el plan anual de compras y adquisiciones.
  • Entrevistar y aprobar el nuevo personal propuesto, conjuntamente con el Departamento de Recursos Humanos.
  • Garantizar la conservación y custodia de los fondos bibliográficos así como el acceso a los servicios.
  • Proponer los reglamentos de organización del Sistema de Biblioteca y de sus unidades, así como los de las áreas y secciones particulares.
  • Propiciar programas de cooperación con bibliotecas de otras Instituciones y Universidades que acuerden su integración con la UCASAL.
  • Mantener una fluida comunicación con las autoridades de las áreas académicas y técnicas, del Instituto para la Integración del Saber y del Sistema de Educación a Distancia en cuanto hace a la integración, adquisición y disponibilidad de las colecciones, material bibliográfico y cultural relativo a cada área disciplinar.

2.3-Funciones de la Vicedirección del Sistema de Bibliotecas:

  • Asistir y colaborar con la Dirección del Sistema de Bibliotecas en las funciones propias de la dirección.
  • Sustituir y representar a la dirección en ausencia de ésta.
  • Cumplir y hacer cumplir las directrices de la Dirección en consonancia con las normativas de aplicación en los servicios de Biblioteca, establecidos en el presente Reglamento.
  • Colaborar en las propuestas de planes de acción para lograr el óptimo funcionamiento de la biblioteca.
  • Es responsabilidad específica de la Vicedirección el Área de Adquisiciones, debiendo  gestionar y supervisar todo lo relacionado con la compra y canje  de material bibliográfico, suscripciones de publicaciones técnicas y científicas, y de bases online.
  • Establecer los vínculos de relación con libreros, editores y distribuidores para conseguir las mejores ofertas de adquisición.

2.4.-Habrá también una Comisión Técnica Asesora que estará integrada con la Dirección General, la Vicedirección, los Coordinadores de las Áreas Comunes del Sistema y por quienes por su conocimiento, especialidad y experiencia en la materia sean convocados al efecto por la Dirección General.
Serán sus funciones:

  • Asesorar, informar y asistir a las autoridades mediante estudios, dictámenes y propuestas vinculadas a la específica gestión del Sistema
  • Propiciar investigaciones y nuevos desarrollos destinados a alcanzar un mejor servicio
  • Intervenir y aconsejar en cuantos asuntos le sean presentados por sus miembros o por Dirección General.
  • Revisar periódicamente y sugerir modificaciones al presente Reglamento.

Artículo 3.-ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS
3.1- El Sistema de Bibliotecas se organiza del siguiente modo, sin menoscabo de ulteriores modificaciones que garanticen la continuidad y mejora del servicio.     

ORGANIGRAMA GENERAL:

3.2.-Biblioteca Central es sede de las Áreas Comunes y desde allí se imparten las directivas y orientaciones para todas las Unidades de Información del Sistema de Bibliotecas de la UCASAL:

    • Procesos Técnicos
    • Asesoría informática y TIC`s
    • Hemeroteca
    • Circulación y Préstamos
    • Encuadernación y mantenimiento
    • Adquisiciones (en Anexo Pellegrini)

3.3-ORGANIGRAMA:

            Áreas Comunes del Sistema en Biblioteca Central

           

3.4- Organización y funciones de las Áreas Comunes:

  • Cada Área Común, así como cada Unidad de Información del Sistema, debe elaborar un subproyecto específico definiendo objetivos, funciones, estructura y actividades. Asimismo, anualmente debe formular su Plan de Acción y su Informe Final.

3.4.1- Procesos técnicos:

  • El procesamiento técnico de las colecciones se realiza en base a las siguientes herramientas bibliotecológicas: Reglas de Catalogación Angloamericanas 2da. ed. rev., Clasificación Decimal Universal y Tesauros.
  • El procesamiento técnico se realiza en forma automatizada utilizando, para el desarrollo de una base bibliográfica unificada,  el Programa de Gestión Integral que administra el Área de Asesoría Informática y TIC`s.
  • Los procesos técnicos se realizan en forma centralizada desde Biblioteca Central, con las excepciones que se consideren beneficiosas para el servicio, bajo la coordinación del responsable del área.

3.4.2- Asesoría informática y TIC`s:

  • Es responsabilidad del área el desarrollo y administración de un programa integral de gestión bibliotecológica, unificado para todo el Sistema de Bibliotecas, el cual deben adoptar las diferentes Unidades de Información que lo integran.
  • Trabaja en forma conjunta con las Áreas de Procesos Técnicos y de Hemeroteca para adecuar el desarrollo del software a las necesidades y normativas bibliotecológicas.
  • Coordina, mantiene y desarrolla, los servicios de acceso a bases documentales online, en cooperación con las áreas informáticas y técnicas de la UCASAL.
  • Capacita y asesora en el uso de los recursos tecnológicos disponibles.

3.4.3- Hemeroteca:

  • Tiene a su cargo la organización y procesamiento técnico de todas las publicaciones periódicas que integran el fondo bibliográfico y documental de la UCASAL.
  • Depende del área de Procesos técnicos para la aplicación de normativas de catalogación y clasificación.
  • Asimismo, es responsable de asesorar y aunar criterios para las secciones de Hemeroteca de todas las Unidades de Información del Sistema de Bibliotecas.

3.4.4-Circulación y préstamos:

  • El área de Circulación y préstamos tiene a su cargo la implementación y mantenimiento de los servicios al público: consulta en sala, préstamos domiciliarios, reservas, renovaciones, uso de Internet, consulta de bases de datos y referencia.
  • Asimismo, es responsable de asesorar y aunar criterios en todas las Unidades de Información del Sistema de Bibliotecas.
  • Las consultas y préstamos se realizan sobre la base automatizada en uso.
  • Esta área es responsable directa de la preservación de las colecciones, debiendo hacer los reclamos y  aplicar las sanciones correspondientes en casos de mora, deterioro o pérdida.

3.4.5-Encuadernación y mantenimiento:

  • Es responsabilidad del área garantizar las condiciones mínimas de preservación de los materiales documentales, según normas básicas de conservación.
  • Los materiales en malas condiciones pasarán a este sector para ser tratados en la forma apropiada para su mantenimiento, restauración o expurgo.

3.4.6-Adquisiciones:

  • El área de adquisiciones es responsabilidad de la Vicedirección del Sistema de Bibliotecas.
  • Las colecciones se desarrollan mediante la compra, la donación o el canje.
  • El Sistema de Bibliotecas cuenta con un presupuesto anual para compras, el cual se asigna, en forma proporcional, a las adquisiciones de las diferentes Unidades Académicas.
  • Las donaciones se reciben sin condicionamientos de permanencia o no dispersión. La Dirección del Sistema informa a Rectorado sobre la conveniencia e interés para su aceptación total o parcial –de acuerdo al valor o utilidad del legado- por el Directorio de la Universidad.
  • Se pueden establecer relaciones y acuerdos de canje que representen beneficios mutuos, con instituciones locales, nacionales o extranjeras.

3.5- Bibliotecas de las Sedes Distantes:

  • Son parte del Sistema de Bibliotecas las Unidades de Información de las Subsedes así como las que funcionan en Delegaciones Exclusivas y Unidades de Gestión del Sistema de Educación a Distancia de la UCASAL. (SEAD)
  • Las Bibliotecas del SEAD deben contar necesariamente, con las “Bibliotecas Mínimas” (integradas por la bibliografía básica de las carreras que se dictan), sin perjuicio de desarrollar además sus propias colecciones.
  • Deben brindar servicios bibliotecarios que cubran las necesidades del alumnado de su jurisdicción.

Articulo 4.-  DE LOS RECURSOS HUMANOS

4.1-El Sistema de Bibliotecas comprende los siguientes recursos humanos:

  • Profesionales: bibliotecólogos, documentalistas, archiveros o especialidades afines y/o complementarias.
  • Administrativos: personal de planta con formación general para tareas administrativas.
  • Auxiliares: alumnos con beca de colaboración, pasantes, voluntarios, etc.

4.2- Relación formación-función:

  • Los cargos técnicos y jefaturas de UI, deben ser cubiertos preferentemente por profesionales.
  • El procesamiento técnico-bibliotecológico de la documentación está a cargo de bibliotecarios profesionales o idóneos.
  • El personal administrativo cubre puestos en tareas de atención al público, administración, mantenimiento de las colecciones, extensión cultural, y demás tareas que se les encomiende.
  • Los auxiliares se desempeñan en tareas de atención al público, administración, mantenimiento de las colecciones, y todo tipo de asistencia a tareas extraordinarias en las bibliotecas.

4.3-Metodología de trabajo:

  • Se promueven comisiones por áreas para participar de las tareas de planificación e informes.
  • Se realizarán reuniones de trabajo y capacitación por áreas.
  • Se realizarán reuniones periódicas generales para analizar el desarrollo de las tareas y proponer acciones.
  • Se realizarán reuniones periódicas de los responsables de Bibliotecas del Sistema.
  • Se desarrollarán acciones de capacitación con recursos propios y externos.

4.4-Coordinación, selección y designación:

  • La distribución de roles y coordinación del personal de las UI del Sistema corresponde a la Dirección General y a los Responsables de cada punto de servicio, sin menoscabo de las competencias en la materia de las altas autoridades universitarias y de los informes de Decanatos.
  • La selección del personal del Sistema es competencia de la Dirección General en trabajo conjunto con la Dirección de Recursos Humanos de la Universidad. Para la cobertura de cargos se requiere inexcusablemente la autorización del Rector.
  • La Dirección General debe elevar a la Dirección de RRHH la propuesta de Estructura de Puestos de Trabajo del Sistema de Bibliotecas, para la categorización de funciones.
  • Las Bibliotecas del Sistema de Educación a Distancia deben contar con personal a cargo, preferentemente profesionales del área específica.

Articulo 5.-  DE LAS COLECCIONES:

5.1-Composición:

  1. Las colecciones del Sistema de Bibliotecas están integradas por libros, publicaciones periódicas, tesis, materiales especiales y de soporte tecnológico o informático, y otros documentos que constituyen, ahora y en el futuro, el patrimonio de la Universidad, cualesquiera que sean sus procedencias, aunque se custodien en lugares distintos y diferentes sedes de la Universidad.

5.2-Secciones: La estructura básica de las UI del Sistema contempla el desarrollo de las siguientes secciones:

  1. General
  2. Referencia
  3. Hemeroteca
  4. Materiales especiales
  5. Materiales de soporte tecnológico o informático
  6. Colección Histórica / Tesoro.

5.3-Acceso:

  1. Coexisten secciones de “Estantería abierta” (Referencia, Hemeroteca) con las de “Estantería cerrada” (Colección general) y de “Acceso restringido”  (Colección Diarios Históricos, Tesoro)
  2. Cada UI podrá determinar a discreción la modalidad de sus secciones, entendiéndose el párrafo anterior como sugerencia.
  3. Los recursos digitalizados pueden ser consultados en las computadoras disponibles en las Bibliotecas; en algunos casos también en forma remota vía Internet, según el tipo de material o la modalidad de suscripción.

Articulo 6.- DE LOS USUARIOS:

6.1.-Son usuarios del Sistema de Bibliotecas:

  1. Son usuarios directos: alumnos, docentes, becarios, investigadores, personal de administración y servicios, y graduados de la Universidad Católica de Salta.
  2. Son usuarios indirectos: estudiantes y docentes de otras universidades, público en general.
  3. La UCASAL podrá establecer convenios que validen como socios a miembros de otras instituciones.

6.2.- Son derechos de los usuarios:

  1. El uso de las salas de lectura y la consulta en sala de materiales bibliográficos y especiales, sea o no socio del Sistema, según las normas establecidas para ese servicio.
  2. El préstamo domiciliario para los usuarios directos (previa gestión de su carnet de socio). Asimismo, los usuarios indirectos que, por razones especiales, cada UI considere oportuno habilitar.
  3. Elevar sugerencias y efectuar reclamos, para lo cual se implementarán los mecanismos adecuados al Sistema de Bibliotecas y a cada Unidad de Información (Buzón de sugerencias; espacio  de contacto en página web y otros recursos informáticos)

6.3.- Requisitos para obtener la Credencial de Socio:

    1. Para asociarse al Sistema debe tramitarse la credencial de acuerdo a los siguientes requisitos:
    2. Completar Solicitud de Socio (con datos actuales y reales), la cual tendrá carácter de declaración jurada.
    3. Acreditar pertenencia a la Universidad o autorización especial de autoridades.
    4. Los alumnos deberán acreditar el  pago de su matrícula anual.
    5. Foto carnet.
    6. El carnet deberá activarse anualmente actualizando o ratificando los datos personales del socio.
    7. Los investigadores provenientes de otras instituciones tendrán credencial diferenciada, con validez por el tiempo otorgado para su investigación.
    8. El Sistema de Bibliotecas, en aras de la conservación e integridad de sus fondos,  podrá solicitar datos o elementos complementarios de identificación de forma previa al alta como usuario.

Artículo 7.- DE LOS SERVICIOS:
7.1- Horarios de funcionamiento:

  1. Cada unidad de información establecerá su horario de atención según lo disponga el Responsable de Biblioteca correspondiente, previa autorización de Dirección General.
  2. Tanto los HORARIOS DE ATENCIÓN ORDINARIOS, como EXTRAORDINARIOS, se darán a conocer al público mediante carteles y otros medios.

7.2- Servicios de préstamo:

  1. El régimen de préstamo se establece según la tipología de usuarios y documentos. Este régimen ha de garantizar tanto la conservación del patrimonio documental como el acceso de los usuarios al mismo.
  2. Para un mejor uso y conservación de las colecciones, tanto el personal como los usuarios deberán atender a normas básicas de tratamiento y manejo de documentos.

7.2.1.- Consulta en Sala:

    1. La consulta en Sala es un servicio abierto a la comunidad
    2. Para acceder a este servicio se debe presentar Carnet o Credencial de Socio, Libreta Universitaria, Documento Nacional de Identidad, o Pasaporte.
    3. Los préstamos en sala deben quedar asentados en el Programa Informático en uso o en otro registro habilitado, a los efectos de control y elaboración de estadísticas.
    4. Los materiales solicitados no se pueden retirar de las salas y deben ser devueltos antes del cierre de la jornada.
  1. En caso de solicitar materiales para realizar fotocopias, el usuario debe comunicarlo en el momento de su atención ya que algunas obras se restringen por razones de conservación y, en todos los casos, debe autorizarse la salida de Sala de los materiales.
  2. Atento a normas legales, no se autoriza el fotocopiado de obras completas.
    1. El comportamiento de los usuarios en las salas de lectura no puede afectar o interferir el desenvolvimiento del servicio y la actividad del público, para lo cual cada UI,  departamento o sección, define las normas de seguridad que considera oportunas para garantizar la seguridad de los materiales bibliográficos y documentales.
  3. La consulta de los catálogos colectivos  de la UCASAL es libre y accesible en forma remota.

7.2.2- Préstamos a Domicilio:

    1. Los préstamos domiciliarios son exclusivos para los socios del Sistema.
    2. Los alumnos de la Universidad que cursan carreras presenciales o a distancia en Salta Capital pueden hacer uso del servicio, indistintamente,  en cualquiera de las bibliotecas de la ciudad: Biblioteca Central, Biblioteca Escuela de Negocios “Raúl Macchi” y Biblioteca Pellegrini, y las que se organicen a futuro.
    3. Los alumnos de Sedes Distantes solo pueden acceder a préstamos domiciliarios en sus propias Unidades de Información; en caso de necesitar bibliografía que no está en su Sede pero sí dentro del Sistema, las Sedes Distantes pueden solicitar los materiales en “Préstamo Interbibliotecario”.
    4. Los préstamos se tramitan personalmente, siendo necesaria la exhibición del carnet o credencial.
    5. Casos especiales: en casos de problemas de salud o discapacidades, los socios pueden designar una persona que los represente. Para ello deben elevar una nota a las autoridades de la UI comunicando la situación y el nombre y número de documento de la persona autorizada para gestionar sus préstamos. Una vez autorizada, dicha persona debe presentarse con el carnet del socio y su propio documento para retirar materiales.
    6. Los graduados de la UCASAL que se encuentran habilitados como socios, acceden al préstamo domiciliario los fines de semanas y recesos.
    7. Se pueden retirar a domicilio hasta 3 libros de consulta, hasta 3 revistas, y hasta tres unidades de materiales especiales, no pudiendo superar un total de 5 unidades entre libros de consulta, de recreación, publicaciones periódicas, y materiales especiales.
    8. Los préstamos de material de consulta, publicaciones periódicas y materiales especiales se pueden extender hasta 3 días, pero en el caso de material de mucha demanda y pocos ejemplares o ejemplares únicos, se podrá restringir el préstamo a uno o dos días, según se estime conveniente.
    9. Los plazos para la literatura recreativa pueden extenderse hasta 15 días.
    10. Los plazos para préstamos domiciliarios se cuentan en días corridos.
    11. Los materiales que por su demanda se mantienen en reserva, solo podrán ser retirados a domicilio los fines de semana, feriados o recesos y cualquier otra excepción sujeta a criterio técnico bibliotecario.
    12. Se consideran materiales de reserva los “módulos” de materias, textos de demanda permanente, ejemplares únicos, y todo material que se estime deba estar siempre disponible para la consulta en sala.
    13. Tanto las cantidades de materiales a prestar como los plazos y restricciones, podrán variar en las UI en virtud de las disponibilidades y  demanda. 
    14. No salen a domicilio las obras de referencia (enciclopedias, diccionarios enciclopédicos, atlas, guías, etc.), obras raras o reservadas por su valor especial (agotadas, antiguas, con ilustraciones de valor, encuadernaciones “preciosas”, etc.), materiales sin inventariar o en procesamiento, libros a restaurar y Tesis, Tesinas y Proyectos de fin de carrera.
    15. En todos los casos, los préstamos tienen la opción de renovación, siempre y cuando la demanda lo permita.
    16. Una vez devuelto el material prestado, el usuario podrá solicitar un comprobante de devolución.
    17. En casos extraordinarios, tales como cortes de luz, caída del sistema, etc., el préstamo se realizará en forma manual; posteriormente, los movimientos efectuados se registrarán en la base para  control y estadística.
    18. Los materiales se devuelven personalmente  o  por terceros, pudiendo solicitar comprobante dentro del horario de atención. Las devoluciones fuera de horario son sin comprobante.
    19. El usuario es responsable de la preservación de los materiales retirados; por ello, en caso de deterioro o pérdida se hará cargo de la reparación o sustitución, en la forma y tiempo que las autoridades de cada UI lo determinen.
    20. Los usuarios que no devuelvan los materiales o cuyas devoluciones no se realicen en término serán pasibles  de sanciones.
    21. Las diferentes Unidades de Información podrán implementar mecanismos que posibiliten las devoluciones fuera de horario, tales como buzones,  recepción por parte de personal auxiliar,  u otros, a discrecionalidad de los responsables de las mismas.

7.2.3- Préstamos especiales:

  1. Para los recesos de julio y enero, los socios que no hayan registrado moras, podrán solicitar materiales.
  2. Para trabajos de investigación, de tesis o para el dictado de cátedras, se podrán solicitar préstamos especiales (en cantidad o tiempo) mediante nota dirigida a Dirección General del Sistema.
  3. Se podrán otorgar préstamos a Instituciones o personas no pertenecientes a la Universidad por razones especiales, mediante nota y autorización de Dirección o Rectorado, según el caso lo requiera.

7.2.4- Reservas

    1. Se puede solicitar la reserva de hasta tres unidades, en forma personal o remota.
    2. La reserva tendrá vigencia por 24 horas y se registrará para el día siguiente al de la fecha de devolución previa. Si la obra no fuera retirada durante el día de reserva, se pondrá la misma a disposición de los otros usuarios.
    3. No se otorgarán reservas a socios en situación de mora.
    4. Tanto las cantidades de materiales a reservar como los plazos y restricciones, podrán variar en las UI en virtud de las disponibilidades y  demanda. 

7.2.5- Renovaciones:

  1. Los préstamos domiciliarios podrán extenderse por dos días más cuando la disponibilidad/demanda de los materiales lo permitan.
  2. La renovación del período de préstamo puede realizarse en forma personal o remota (teléfono, mail, acceso directo al sistema), hasta el día del vencimiento, dentro del horario establecido por cada unidad de información, sin necesidad de presentar el material.
  3. En caso de no poder accederse a la solicitud de renovación porque el material ya ha sido solicitado por otros usuarios, se deberá efectivizar la devolución en término, en forma personal o por terceros (familiares, cadetería, otros)
  4. No se podrán renovar los materiales que ya observen una reserva o los préstamos vencidos.

7.3- Referencia general y especializada:

    1. Se brindan servicios de asesoramiento general personalizado, tanto en el uso de los catálogos, como de las colecciones.
    2. Se realizarán actividades grupales de formación de usuarios para el uso de las bibliotecas y sus recursos.
    3. Se organizarán talleres de formación de usuarios de bases de datos documentales e información remota.
    4. Se desarrollarán servicios complementarios de referencia especializada.

7.4- Acceso a Internet y servicios online:

  1. El Sistema de Bibliotecas dispone de servicios de consulta a Internet y a un conjunto de Bases de Datos Académicas e información online habilitadas en Biblioteca Central y otras UI según los alcances y desarrollos correspondientes.
  2. El acceso a las Bases de Datos Académicas y otros servicios de información online están disponibles para todo público.
  3. La duración de los turnos para el servicio lo fija cada Unidad de Información de acuerdo a las disponibilidades.
  4. A los efectos del mantenimiento, no está permitido instalar nuevos programas,  modificar configuraciones y borrar archivos preexistentes.

7.5- Préstamos interbibliotecarios:

    1. Los préstamos interbibliotecarios se realizan a dos niveles:

a) Intercentros: entre las Unidades de Información del Sistema de Bibliotecas;
b) Externos: entre el Sistema de Bibliotecas y otras instituciones locales, nacionales y extranjeras.

    1. El préstamo entre Unidades de Información del Sistema está previsto para dar respuesta a necesidades urgentes de bibliografía, particularmente en el caso de obras agotadas, de alto costo o cuya utilidad no justifique la adquisición por parte de la UI.
    2. Los préstamos interbibliotecarios dentro del Sistema deben ser solicitados por los responsables de las UI o de las Sedes Distantes, por correo electrónico,  atendiendo a las instrucciones que se imparten desde el área correspondiente.
    3. Los préstamos entre el Sistema y otras Instituciones se harán mediante notas entre las autoridades correspondientes y en los términos a convenir.

7.6- Reglamentación de los servicios:

  1. Cada uno de los servicios y colecciones del Sistema de Bibliotecas tiene normas específicas para su utilización, cuyo conocimiento por parte de los usuarios es responsabilidad del sector.
  2. Las diferentes Unidades de Información del Sistema pueden implementar todos, algunos o más de los servicios detallados, según su desarrollo y recursos.
  3. Cada UI podrá elaborar su propio Manual de Procedimientos, dentro del marco del presente Reglamento, teniendo en cuenta sus propias características y posibilidades.

7.7-Impresiones y reproducciones de documentos:

  1. Las UI podrán contar con servicios internos o externos de fotocopiado, el cual será sin costo para las autoridades de las Unidades Académicas.
  2. La impresión de datos, la obtención de documentos externos a la UCASAL, y la entrega de materiales reproducidos o en soporte informático estarán sometidas a normativas y/o tarifas específicas.
  3. Se pueden fotocopiar materiales de uso y valor regular; las colecciones de valor especial solo podrán reproducirse con cámaras digitales, filmadora o escáner, según el caso lo amerite y bajo las condiciones que las autoridades definan.

Artículo 8.- SANCIONES

8.1.-Son supuestos de incumplimiento las siguientes conductas:

  1. La no devolución de obras en préstamo.
  2. La devolución de obras en préstamo fuera de los límites de tiempo permitidos.
  3. La no devolución del material de consulta en sala, el mismo día en que se prestó.
  4. La alteración del orden en las salas de lectura.
  5. Estar en posesión de documentos sin haber cumplido los trámites reglamentarios.
  6. La inadecuada utilización de las instalaciones bibliotecarias.
  7. El deterioro substancial de las obras en préstamo

8.2-Medidas a aplicar:

  1. Los usuarios que no cumplan con los plazos y términos de devolución serán pasibles de sanciones, según la siguiente escala:
  2. Advertencia (sin suspensión de servicio): ante la primera demora que no exceda las 48 hs.
  3. Primera suspensión: ante la primera demora superior a 48 horas (o segunda demora cuando la primera solo ocasionó advertencia), suspensión por el doble de días  de la demora.
  4. Segunda suspensión: cuando ya existe una suspensión previa, suspensión por el triple de tiempo de la demora.
  5. Tercera suspensión: cuando hay demora con dos suspensiones previas, suspensión de tres meses corridos desde la devolución. (No cuentan los meses de receso).
  6. Cuarta suspensión: si se incurre en mora una vez más luego de la tercera suspensión, se procede a dar la baja del servicio.
    1. El usuario que tuviere suspensiones perderá derecho a los préstamos especiales de vacaciones.
    2. Otros tipos de situaciones pasibles de medidas disciplinarias, serán puestas a consideración de Dirección General y, cuando el caso lo justifique, Rectorado de la Universidad.
    3. Cualquier usuario externo a la Universidad que contraviniere este Reglamento perderá automática y definitivamente la condición de usuario.
    4. Tienen competencia para aplicar sanciones la Dirección General, Vicedirección, los Coordinadores del Área de Circulación y los Responsables de Unidades de Información.
    5. La no devolución de los materiales, una vez agotadas las instancias ordinarias, dará lugar a las acciones legales previstas en la legislación nacional. (Artículo 183 y 184 inc.5º del Código Penal). Sin perjuicio de estar obligado a la reposición del material o a su equivalente en dinero al precio de plaza, de valor a nuevo.

Articulo 9.- Responsabilidad por los materiales
9.1-En caso de Extravío o Robo  de los materiales en préstamo, el usuario debe informar mediante nota a Dirección General o a la Jefatura de Biblioteca correspondiente, acerca del problema. (La nota deberá contener datos personales, descripción del material y explicación del caso); se dará un plazo de gracia de treinta días desde la presentación de la nota, para la reposición del material. Durante este periodo podrá utilizar los servicios de biblioteca sin limitación.
9.2-En caso de Deterioro o destrucción parcial el usuario debe informar mediante nota a Dirección General o Jefatura de Biblioteca correspondiente, sobre la situación. (La nota deberá contener datos personales, descripción del material y explicación del caso);  las autoridades harán una evaluación y determinarán si corresponde reparar o remplazar el material.  Tanto la restauración como el reemplazo será por cuenta del usuario. Se dará un plazo de treinta días para dar cumplimiento al dictamen. Durante este periodo podrá utilizar los servicios de biblioteca sin limitación
9.3-En caso de transcurrir el plazo establecido para el reintegro del material, y realizados los reclamos correspondientes sin que éste sea efectivizado, las autoridades del Sistema de bibliotecas o UI, evaluarán las medidas a tomar en coordinación con las Unidades Académicas.

Artículo 10- DEL LIBRE DEUDA

  1. Todo alumno que finalice su carrera o solicite pase, para cumplimentar sus trámites deberá presentar ante el Departamento de Alumnos una constancia de Libre Deuda expedida por el Sistema de Bibliotecas.

Artículo 11.- Disposiciones complementarias:

  1. La Dirección del Sistema de Bibliotecas de la UCASAL se reserva el derecho de hacer excepciones según requerimientos y conveniencias de cada caso.
  2. Las situaciones no contempladas en el presente Reglamento serán consideradas por la Dirección del Sistema de Bibliotecas y los Jefes de Áreas.
  3. Las normas particulares que emita cada área o UI serán incorporadas paulatinamente como Anexos al presente Reglamento, previa aprobación de la Dirección del Sistema de Bibliotecas de la UCASAL.
  4. Estas disposiciones deben ser revisadas anualmente y podrán ser modificadas y/o ampliadas cuando la situación lo requiera, a sugerencia de la Comisión Técnica Asesora.
  5. Comunicar e instrumentar al Personal de las Unidades de Información del Sistema de Bibliotecas de la UCASAL.

ANEXO I – Bibliotecas que integran el Sistema de Bibliotecas UCASAL

El Sistema de Bibliotecas UCASAL: está integrado por las siguientes unidades de información:

  1. Biblioteca Central: Campo Castañares, Salta Capital; Tel. 0387-4268929
  2. Biblioteca Pellegrini: Dr. Carlos Pellegrini 790, Salta Capital. Tel: 0387-4268826
  3. Biblioteca Escuela de Negocios “Raúl Macchi”, Dr. Carlos Pellegrini 790, 1er  Piso, Salta Capital. Tel: 0387-4268834
  4. Biblioteca Subsede: Subsede Universidad Católica de Salta, Av. Paseo Colón 533, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  5. Unidades de Información en Delegaciones y Unidades de Gestión.
  6. Servicios de información en  Anexos,  Escuelas, Institutos, etc. con colecciones en depósito temporario.

ANEXO II – Cuadro de roles y funciones de los Recursos Humanos
Roles y funciones de los Recursos Humanos en Dirección del Sistema de Bibliotecas, Áreas Comunes y Unidades de Información de las sedes de la ciudad de Salta.

Áreas

Cargos

Dirección general

 

Director/a General
Vicedirector/a
Secretario/a de Dirección

 

Áreas comunes:

Procesos técnicos
Circulación
Asesoría informática y recursos tecnológicos
Hemeroteca y Referencia
Encuadernación y mantenimiento
Adquisiciones

 

Coordinador
Coordinador
Responsable
Responsable
Encargado/a
Coordinador/a (Vicedirección)

 

Unidades de información:

Biblioteca Pellegrini
Biblioteca Escuela de Negocios

 

Responsable
Responsable

 

Biblioteca - Reglamento de Depósito para Trabajos Finales de Carrera - R. R. N° 669/11

RESOLUCIÓN Nº 669/11

 

En el Campo Castañares, sito en la Ciudad de Salta, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, sede de la Universidad Católica de Salta, a nueve días del mes de junio del año dos mil once;

 

VISTO: La presentación efectuada por la Sra. Directora General del Sistema de Bibliotecas de la Universidad Católica de Salta; y

 

CONSIDERANDO: Que en la misma eleva la propuesta de Reglamentación General para la presentación de forma de los Trabajos Finales de Carreras;

Que entre las razones por las cuales surgió la mencionada propuesta, podemos citar la necesidad de dar un formato uniforme de todos los Trabajos de Finalización de Carrera;

Que a la presente propuesta se acompaña un “Permiso” de Uso a favor del Sistema de Bibliotecas para que los estudiantes lo firmen al momento de la entrega de su Trabajo de Tesis;

Que al respecto, sugiere el Sr. Rector, que el "Permiso" en cuestión, esté incorporado al Final del Trabajo de Tesis;

Que se debe tener en cuenta que el presente proyecto solo hace alusión a la forma de presentación y no a los contenidos de los trabajos;

Que el tema fue tratado y expuesto en reunión de Consejo Académico de fecha 01 de junio del corriente año, habiendo recibido tratamiento favorable;

Que corresponde emitir la Resolución Rectoral correspondiente;

 

POR ELLO,

 

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA

RESUELVE:

 

Artículo 1º .- APROBAR el REGLAMENTO DE DEPÓSITO PARA TRABAJOS FINALES DE CARRERA (Tesis, Tesina, Seminarios, otros) del Sistema de Bibliotecas de la Universidad Católica de Salta.-

 

Artículo 2° .-Comunicar a: Vicerrectorado Académico, Vicerrectorado Administrativo, Sistema de Bibliotecas, Unidades Académicas y Administrativas correspondientes, a los efectos a que hubiere lugar.-

 

Artículo 3° .- Registrar, reservar el original y archivar.-

 

ADRIANA GRACIELA IBARGUREN

Secretaria General

Universidad Católica de Salta

 

JORGE ANTONIO MANZARÁZ

Rector

Universidad Católica de Salta

 

ANEXO I

Reglamento de depósito para trabajos finales de carrera (tesis, tesinas, seminarios, otros.)

Por: Lic. Beatriz Rosalía Kessler

Prof. Ariel  Singh Yudi

Mediante el actual se establecen las Normas de recepción, archivo y administración de los trabajos finales de carreras, de pregrado, grado y postgrado, de los alumnos graduados de la Universidad Católica de Salta; la finalidad de estas medidas es continuar la colección de estos materiales , bajo un criterio unificador que garantice la preservación y aprovechamiento de los mismos.

Ámbito de aplicación

La presente normativa regula el depósito de todas las tesinas, seminarios, y tesis, que hayan sido defendidas y aprobadas en la Universidad Católica de Salta tanto en la modalidad presencial como a distancia, su forma de presentación y su consulta por terceros.

Depósito

Una vez que los trabajos finales hayan sido defendidos y aprobados, se depositará en la Biblioteca Central de la UCASAL un ejemplar por cada trabajo en soporte papel y otro en formato digital.

Una vez que los materiales son depositados en Biblioteca Central, se constituyen en patrimonio de la Universidad.

Responsabilidad

Será responsabilidad de la Dirección General del Sistema de Bibliotecas y del personal del mismo, la guarda y custodia de los trabajos, la incorporación de los mismos al catálogo del Sistema de Bibliotecas y la disponibilidad para su consulta.

Archivo

Biblioteca Central archivará únicamente los trabajos de finalización de carrera, con la denominación establecida por la Unidad Académica correspondiente, quedando así excluidos:

• Proyectos de trabajos finales

• Trabajos prácticos de materias

• Monografías

• Cualquier otro tipo de producción menor.

Se presentarán los trabajos en soporte papel y en soporte digital, de acuerdo a las siguientes pautas:

En soporte papel:

> Impreso en tamaño A4

> Gramaje mínimo de papel 80 grs.

> Encuadernado: cosido, en tapas duras, título y autor identificados en tapa.

En soporte digital:

> En CD o DVD

> En formato PDF

En todos los formatos deberá constar la calificación obtenida, y firma del Tribunal.

> A fin de tener constancia de las tesis depositadas, el Sistema de Bibliotecas tendrá una relación informatizada de ellas, en las que constarán los autores, los títulos de las tesis, los directores de las mismas, la carrera, ya calificación obtenida.

> De cada una de dichas tesis se abrirá una ficha virtual en la que constarán todas las personas que han tenido acceso a cada una de los trabajos para su consulta, y de la fecha en que se ha realizado.

> De no cumplir con alguno de los puntos establecidos, la Dirección General de Biblioteca se reserva el derecho de postergar su recepción para la presentación en forma de los mismos.

Régimen de uso

> Los trabajos finales de carrera en soporte papel podrán consultarse libremente para su lectura y estudio, solo bajo la modalidad de préstamo en sala.

> Los trabajos serán accesibles a texto completo desde el sitio web del Sistema de Bibliotecas.

Permiso de administración de trabajos finales.

Por la presente autorizo que mi Trabajo de Finalización de Carrera para obtener el Título de

....................................................................................................................................................

cuyo tema es:

....................................................................................................................................................

sea coleccionado y procesado técnicamente por el personal del Sistema de Bibliotecas de la Universidad Católica de Salta, en soporte digital y papel, para garantizar su accesibilidad a los usuarios de esa Institución.

Asimismo, manifiesto estar en conocimiento de las medidas de seguridad adoptadas por la Unidad Académica

....................................................................................................................................................

....................................................................................................................................................

de la Universidad Católica de Salta para evitar el plagio del trabajo de mi autoría, y estar de acuerdo con las mismas.

Firma

Aclaración

DNI